Aclaran quién tiene la carga de la prueba en casos de la mora jurisdiccional

2020-03-01T00:00:00.000Z

(CE Sección Tercera, Sentencia 54001233100020090007101 (4763) 20/02/2020)
El Consejo de Estado recordó que su jurisprudencia en materia de responsabilidad extracontractual ha concluido que la carga de la prueba en los casos de mora jurisdiccional está en cabeza de la entidad demandada cuando se trata de acreditar los volúmenes de procesos y los tiempos de tramitación por medio de los mismos en el distrito judicial donde se ubiquen las unidades judiciales objeto de reproche (C. P. Adriana Marín)
Noticia generada en Mar. 20/20 (11:10 a.m.)
(Nota de relatoría tomada del portal LEGISmóvil y difundida por el Despacho de la magistrada María Victoria Quiñones Triana y su equipo de trabajo del Tribunal Administrativo del Magdalena "Desde Santa Marta fortaleciendo el conocimiento jurídico")
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