Apelación fallida y pago ordenado: Tribunal Administrativo del Magdalena confirma cesantías definitivas a docente y niega prescripción

2026-02-27T05:00:00.000Z

Problema Jurídico: Establecer si la Nación, Ministerio de Educación Nacional, Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, presentó razones de inconformidad en contra de la decisión adoptada por el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Santa Marta, que accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda, por ende, si el recurso reúne los requisitos señalados en el artículo 328 de la Ley 1564 de 2012, para efectos de analizar las consideraciones expuestas por el a quo.

Conclusión: confirmar la sentencia de primera instancia, que accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda, toda vez que la bonificación judicial de que trata el Decreto 383 de 2013 al ser un emolumento creado con el fin de retribuir directamente la prestación del servicio judicial dada su habitualidad y permanencia, ostenta la condición de factor salarial, por lo que en ese entendido no solo debe tenerse en cuenta para la base de cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud, sino de igual forma para liquidar las prestaciones salariales correspondientes. Adicionalmente, no hay lugar a revocar la declaratoria de prescripción trienal ordenada por el a quo, por los motivos que se expondrán más adelante.

Decisión: Declarar fallido el recurso de apelación presentado por la apoderada judicial la Nación, Ministerio de Educación Nacional, Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, por las razones expuestas en la parte motiva. Confirmar la sentencia la sentencia de fecha 31 de octubre de 2024, proferida por el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Santa Marta, mediante la cual se accedió a las pretensiones de la demanda, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.

Glosario Jurídico:

·         Sanción moratoria (Ley 1071/2006): Un día de salario por día de mora cuando hay no pago oportuno de cesantías, siempre que se haya solicitado ante la administración.

·         Cesantías definitivas: Prestación social debida al quedar en retiro definitivo

Tribunal Administrativo del Magdalena – Despacho 01

Sentencia de segunda instancia

Magistrada Ponente: María Victoria Quiñones Triana

Fecha: (28) de mayo de dos mil veinticinco (2025)

Radicación: 47001333300120240040501

Medio de control: Nulidad y restablecimiento del derecho (Laboral L2080/2021)

Asunto: Reconocimiento y pago de cesantías definitivas / sustentación del recurso de apelación / alcance / figura de la apelación fallida / confirma sentencia de primera instancia / accede

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Equipo Despacho 01

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