En los procesos que se adelanten ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, el juez podrá, de oficio o a petición de parte, inaplicar con efectos interpartes los actos administrativos cuando vulneren la Constitución Política o la ley.
La decisión consistente en inaplicar un acto administrativo sólo producirá efectos en relación con el proceso dentro del cual se adopte.
Actualización segunda etapa:
1 MEDIO DE CONTROL POR VÍA DE EXCEPCIÓN - Caraterísticas. MEDIO DE CONTROL DE VÍA DE EXCEPCIÓN - Aplicación de oficio / MEDIO DE CONTROL DE VÍA DE EXCEPCIÓN - Apliacación a actos generales y particulares / MEDIO DE CONTROL DE VÍA DE EXCEPCIÓN - No aplicación al acto inicial frente a la nulidad del acto que lo revocó. No le asiste razón a la apelante cuando advierte que el a-quo dio una aplicación inadecuada al control por vía de excepción, ya que si bien es ceirto el medio de control no fue solicitado por la actora, se debe tener en cuenta que este control puede ser utilizado aún de oficio por el juez de conocimiento. Clic para ver providencia (Sec. Segunda. Junio/2016 (Ver documento aquí)
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224 El Consejo de Estado señaló que cuando la administración incluya requisitos adicionales a los contemplados en la ley para acceder a los cargos públicos, procede el control de legalidad por vía de excepción, de allí que se pueda inaplicar actos administrativos por resultar contrarios a la ley. Clic para ver providencia (Sec. Quinta. Octubre/2013 (Ver documento aquí)