ARTÍCULO 163. INDIVIDUALIZACIÓN DE LAS PRETENSIONES.325 1


Cuando se pretenda la nulidad de un acto administrativo este se debe individualizar con toda precisión. Si el acto fue objeto de recursos ante la administración se entenderán demandados los actos que los resolvieron.326 2
Cuando se pretendan declaraciones o condenas diferentes de la declaración de nulidad de un acto, deberán enunciarse clara y separadamente en la demanda.
Actualización segunda etapa:
1 Subnota 1: Demanda PROPOSICIÓN JURÍDICA INCOMPLETA - Configuración. Demanda debe dirigirse contra todos y cada uno de los actos administrativos definitivos que resuelvan una situación jurídica particular y concreta.Clic para ver providencia (Sec. Segunda. Septiembre/2016 (Ver documento aquí)
Subnota 2: Forma en que se deben enunciar las pretensiones en los casos en que se solicite la nulidad de actos administrativos. El acto administrativo objeto de demanda debe ser individualizado con precisión, sin embargo, se entienden demandadas las decisiones que resuelven los recursos interpuestos en su contra. Clic para ver providencia (Sec. Cuarta. Noviembre/2018 (Ver documento aquí)
2 La eventual declaratoria de nulidad de la Resolución que resuelve el recurso interpuesto contra una decisión administrativa, no deja sin efectos el acto administrativo inicial, es decir que conservaría su principio de presunción de legalidad; de allí que sea necesario demandar el acto principal. Clic para ver providencia (Sec. Primera. Febrero/2019 (Ver documento aquí)
Enlaces:
325 Subnota 1:LEY 1437 DE 2011 - Excepción de inepta demanda / INEPTA DEMANDA - Individualización de las pretensiones / SANCIÓN DISCIPLINARIA - Se deben individualizar los dos fallos que sancionaron disciplinariamente a la demandante / FALLOS DISCIPLINARIOS - Deben individualizarse en la demanda Clic para ver providencia (Sec. Segunda. Febrero/2016 (Ver documento aquí)
Subnota 2: INDIVIDUALIZACIÓN DE LAS PRETENSIONES – La prerrogativa que trae el artículo 163 de la ley 1437 de 2011 no tiene relación con la obligación de aportar con la demanda las constancias de notificación o ejecutoria de todos los actos cuya nulidad se pretende. Clic para ver providencia (Sec. Primera. Agosto/2015 (Ver documento aquí)
Subnota 3: INADMISIÓN DE LA DEMANDA - Causal de inadmisión sin fundamento. Individualización de pretensiones. Clic para ver providencia (Sec. Tercera. Abril/2015 (Ver documento aquí)
326 Subnota 1: MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO – En él resulta imperativo la individualización del acto definitivo / ACTO QUE RESUELVE LOS RECURSOS – Se entiende demandado siempre que decida un recurso legalmente obligatorio contra el acto definitivo / ACTO DEFINITIVO – Lo es también el acto que resuelve los recursos / ACTO QUE RESUELVE LOS RECURSOS – Si bien posee el carácter de acto definitivo no se decide el fondo del asunto por medio de él / ACTO DEFINITIVO – Para efectos de la individualización de la pretensión de nulidad y restablecimiento del derecho, lo es el que decide directamente o indirectamente el fondo del asunto / INDIVIDUALIZACIÓN DE PRETENSION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO – En vigencia del Decreto 01 de 1984, exigía demandar todos los actos proferidos en la actuación administrativa. Clic para ver providencia (Sec. Cuarta. Abril/2016 (Ver documento aquí)
Subnota 2: C.E. en materia de responsabilidad fiscal, en vigencia de C.C.A. existía excepción a la obligación de demandar los actos que resolvían recurso de reposición contra el acto que impone sanción por responsabilidad fiscal, pese a que en otras materias era obligatorio conforme artículo 135 ib. C.E. Sec. 1/2014. Clic para ver providencia (Sec. Primera. Noviembre/2014)
Subnota 3: Consejo de Estado señala que si no se demanda acto que decide de fondo la situación del demandante en Nulidad y Restablecimiento del Derecho, a pesar de haberse inadmitido la demanda por ello y haberse corregido demandado los que resolvieron los recursos formulados contra aquel, hay lugar a rechazo. Clic para ver providencia (Sec. Cuarta. Julio/2014 (Ver documento aquí)
Subnota 4: MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO – En él se deben individualizar y demandar todos los actos administrativos que conforman la actuación administrativa. Clic para ver providencia (Sec. Cuarta. Julio/2014 (Ver documento aquí)
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