ARTÍCULO 227. TRÁMITE Y ALCANCES DE LA INTERVENCIÓN DE TERCEROS.


Artículo modificado por el artículo 85 de la Ley 2080 de 2021.
El nuevo texto es el siguiente>: En lo no regulado en este Código sobre la intervención de terceros se aplicarán las normas del Código General del Proceso.
Legislación anterior
ARTÍCULO 227. TRÁMITE Y ALCANCES DE LA INTERVENCIÓN DE TERCEROS.
En lo no regulado en este Código sobre la intervención de terceros se aplicarán las normas del Código de Procedimiento Civil1.
Concordancias: Ley 1564 de 2012, articulos 610 y 611. Clic aquí para ver (http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1564_2012_pr014.html#610)
Actualización segunda etapa : 1 ACTUACIONES JUDICIALES - Término y excepciones. LLAMAMIENTO EN GARANTÍA - Término y regulación normativa. Clic para ver providencia (Sec. Tercera. Abril/2016 (Ver documento aquí)
COADYUVANCIA. Tiene los mismos derechos de laparte que coadyuva, pero no implica disposición del derecho en litigio. Clic para ver providencia (Sec. Primera Mayo/2018 (Ver documento aquí)
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