ARTÍCULO 231. REQUISITOS PARA DECRETAR LAS MEDIDAS CAUTELARES.471


Cuando se pretenda la nulidad de un acto administrativo, la suspensión provisional1 de sus efectos procederá por violación de las disposiciones invocadas472 en la demanda o en la solicitud que se realice en escrito separado473, cuando tal violación surja del análisis del acto demandado y su confrontación con las normas superiores invocadas como violadas474 2 o del estudio de las pruebas allegadas con la solicitud.475 3 4 5
Cuando adicionalmente se pretenda el restablecimiento del derecho y la indemnización de perjuicios deberá probarse al menos sumariamente la existencia de los mismos. En los demás casos, las medidas cautelares serán procedentes cuando concurran los siguientes requisitos476:
1. Que la demanda esté razonablemente fundada en derecho.
2. Que el demandante haya demostrado, así fuere sumariamente, la titularidad del derecho o de los derechos invocados.
3. Que el demandante haya presentado los documentos, informaciones, argumentos y justificaciones que permitan concluir, mediante un juicio de ponderación de intereses, que resultaría más gravoso para el interés público negar la medida cautelar que concederla.
4. Que, adicionalmente, se cumpla una de las siguientes condiciones477:
a) Que al no otorgarse la medida se cause un perjuicio irremediable, o
b) Que existan serios motivos para considerar que de no otorgarse la medida los efectos de la sentencia serían nugatorios.
Actualización segunda etapa:
1 RECURSO EXTRAORDINARIO DE ANULACIÓN DE LAUDO ARBITRAL - Medida cautelar de suspensión provisional de laudo arbitral en trámite del recurso. PROCEDENCIA - Cuando exista condena a cargo de entidad pública. Clic para ver providencia (Sec.Tercera. Junio/2016 (Ver documento aquí)
2 SUSPENSIÓN PROVISIONAL – Análisis del juez electoral para la procedencia de la medida cautelar /MEDIDA CAUTELAR– Al no demostrar el solicitante la urgencia se debe comunicar al demandado de la solicitud. Clic para ver providencia (Sec. Quinta. Febrero/2017 (Ver documento aquí)
3 SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN MATERIA ELECTORAL - Es deber del solicitante de la medida cautelar argumentar y probar al menos sumariamente su petición, para que el juez o sala competente realicen el análisis de los fundamentos y pruebas allegadas que le permitan tomar la decisión respecto de la misma, al momento de la admisión de la demanda. Clic para ver providencia (Sec. Quinta. Mayo/2017).
4 ALCANCES DE LA MEDIDA DE SUSPENSIÓN PROVISIONAL. Medida temporal y accesoria, opera con la finalidad de evitar que los actos contrarios al ordenamiento jurídico continúen surtiendo efectos. JUSTICIA ROGADA. Límites en la facultad de dictar medida cautelares, según los requisitos establecidos en el artículo 231 del CPACA. Clic para ver providencia (Sec. Tercera. Febrero/2016 (Ver documento aquí)
5 PROCEDENCIA DE LA MEDIDA CAUTELAR RESPECTO DE ACTOS ADMINISTRATIVOS - Requisitos formales y sustanciales / JUEZ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - Facultades cautelares y preventivas a petición de parte / REGULACION DE MEDIDAS CAUTELARES - En procesos contencioso administrativos / MEDIDAS CAUTELARES - Objeto. Fundamento. Clases. Relación directa y necesaria con las pretensiones de la demanda. Límites del Juez / IMPOSICION DE MEDIDAS CAUTELARES - Sobre actos administrativos por medio de los cuales se rechazó la solicitud de legalización de minería de hecho / SUSPENSION DE LOS EFECTOS DE ACTOS ADMINISTRATIVOS - Regulación normativa. Requisitos específicos, sustanciales y genéricos para su procedencia / PROCEDENCIA DE LA SUSPENSION PROVISIONAL DE ACTOS ADMINISTRATIVOS - El requisito sustancial de procedencia está determinado por la violación de cualquiera de las disposiciones normativas invocadas / CONFRONTACION DEL ACTO ADMINISTRATIVO - Con el contenido normativo de las normas invocadas como violadas / PROCEDENCIA DE LA SUSPENSION PROVISIONAL - No indica prejuzgamiento / SUSPENSION PROVISIONAL - Requisito de forma. Cumplimiento. Clic para ver providencia (Sec. Tercera. Marzo/2016 (Ver documento aquí)
DE LAS CATEGORÍAS EN QUE SE CLASIFICAN LOS REQUISITOS PARA DECRETAR MEDIDAS CAUTELARES. Los requisitos para decretar las medidas cautelares se pueden clasificar en tres categorías, estos son: (i) requisitos de procedencia, generales o comunes, de índole formal; (ii) requisitos de procedencia, generales o comunes, de índole material y (iii) requisitos de procedencia específicos. Clic para ver providencia (Sec. Segunda. Febrerio/2019 (Ver documento aquí)
Enlaces: 471 Subnota 1: MSUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS DE ACTOS ADMINISTRATIVOS - Regulación normativa / SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS DE ACTOS ADMINISTRATIVOS - Requisitos específicos, sustanciales y genéricos para su procedencia / PROCEDENCIA DE LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE ACTOS ADMINISTRATIVOS - El requisito sustancial de procedencia está determinado por la violación de cualquiera de las disposiciones normativas invocadas / CONFRONTACIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO - Con el contenido normativo de las normas invocadas como violadas / PROCEDENCIA DE LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL - No indica prejuzgamiento. Clic para ver providencia (Sec. Tercera. Marzo/2016 (Ver documento aquí)
Subnota 2: MEDIDAS CAUTELARES – Procedencia / SUSPENSIÓN PROVISIONAL – Requisitos para suspender actuaciones administrativas Clic para ver providencia (Sec. Primera. Marzo/2016 (Ver documento aquí)
Subnota 3: MEDIDA CAUTELAR - Suspensión de los efectos de actos administrativos. Requisitos para su procedencia / MEDIDA DE SUSPENSIÓN PROVISIONAL – Finalidad. Clic para ver providencia (Sec. Tercera. Marzo/2016 (Ver documento aquí)
Subnota 4: MEDIDAS CAUTELARES - Procedimiento para su adopción. Clic para ver providencia (Sec. Quinta. Diciembre/2015 (Ver documento aquí)
Subnota 5: SUSPENSIÓN PROVISIONAL – Requisitos para decretarla. Clic para ver providencia (Sec. Quinta. Septiembre/2015 (Ver documento aquí)
Subnota 6: MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS DE ACTO ADMINISTRATIVO - Procedencia en el medio de control de nulidad / SUSPENSIÓN PROVISIONAL - Su regulación en la Ley 1437 de 2011 prescinde de la manifiesta infracción y obliga al juez a hacer un análisis entre el acto y las normas que se invocan como violadas y a estudiar la pruebas allegadas con la solicitud / PRINCIPIO DE CONSERVACIÓN DEL DERECHO – En el análisis de la medida de suspensión provisional de efectos de un acto administrativo, se apunta a enervar su eficacia y los efectos del mismo / MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN – Sobre ella no operan los requisitos como el fumus boni iuris o el periculum in mora o la ponderación de intereses públicos, etc., pues son propios de otros tipos de medidas cautelares Clic para ver providencia (Sec. Cuarta. Abril/2015 (Ver documento aquí)
Subnota 7: MEDIDAS CAUTELARES - Pueden ser decretadas con antelación a la notificación del auto admisorio de la demanda o en cualquier etapa procesal en procesos declarativos adelantados ante la jurisdicción contenciosa / DECRETO DE MEDIDAS CAUTELARES - Requisitos para su procedencia / MEDIDAS CAUTELARES - Su decreto no puede generar una afectación de los derechos fundamentales mínimos del ciudadano. Clic para ver providencia. (Sec. Tercera noviembre /2014 (Ver documento aquí)
Subnota 8: SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - Noción. Definición. Concepto / SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - Regulación normativa / ACTOS ADMINISTRATIVOS - Suspensión provisional / SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE ACTOS ADMINISTRATIVOS - Medida cautelar. Procedencia. Alcance. Clic para ver providencia (Sec. Tercera. Septiembre/2014 (Ver documento aquí)
Subnota 9: MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD ELECTORAL / REQUISITOS DE LA DEMANDA / MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN PROVISIONAL / NO SE PROBÓ LA TRANSGRESIÓN DE LAS NORMAS INFRINGIDAS EN ESA ETAPA DEL PROCESO /Consejo de Estado admite demanda de nulidad electoral y niega solicitud de suspensión provisional debido a que en esa instancia procesal no fue posible determinar si el acto en cuestión se opone a las disposiciones invocadas como infringidas. Clic para ver providencia (Sec. Quinta. Julio/2014 (Ver documento aquí)
Subnota 10: Consejo de Estado señala, que se debe Establecer si es viable decretar la medida de suspensión pretendida, y ello implica analizar el acto acusado frente al contenido de la norma señalada como infringida, y estudiar las pruebas aportadas, a fin de concluir si surge su contradicción. Clic para ver providencia (Sec. Quinta. Julio/2014) y sin que ello implique prejuzgamiento. Clic para ver providencia (Sec. Quinta. Enero/2014 (Ver documento aquí)
Subnota 11: EFICACIA DE OTRO MEDIO DE DEFENSA. Es posible solicitar el decreto y práctica de la medida cautelar en demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, sin haber agotado la conciliación extrajudicial. LA ACCION DE TUTELA COMO MECANISMO TRANSITORIO. No se probó el actuar injustificado y carente de legitimidad del ente demandado. Clic para ver providencia (Sala Plena. Marzo/2014 (Ver documento aquí)
Subnota 12: MEDIDAS CAUTELARES. Características. REQUISITOS PARA DECRETAR LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS. Modificación sustancial respecto de la Legislación anterior. Clic para ver providencia (Sec. Primera. Marzo/2014 (Ver documento aquí)
Subnota 13: SUSPENSIÓN PROVISIONAL ACTO ADMINISTRATIVO. Novedades y requisitos de la medida cautelar. SUSPENSION PROVISIONAL RESOLUCIÓN QUE PROMOCIONA VOTO EN BLANCO. Por establecimiento de requisitos superiores a los previstos por la Ley 1475 de 2011. Consejo de Estado se pronuncia sobre la posibilidad de aplicar la suspensión como medida provisoria frente a la efectividad de los actos administrativos, disposición desarrollada ahora en el nuevo código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo - Ley 1437 de 2011. Indica que se ha presentado un cambio sustancial respecto al régimen del anterior Código Contencioso Administrativo, toda vez que el operador judicial puede analizar la transgresión con la confrontación entre el acto y las normas superiores invocadas o con el estudio de las pruebas, sin que ello implique prejuzgamiento Clic para ver providencia (Sec. Quinta. Marzo/2014 (Ver documento aquí)
Subnota 14: El Consejo de Estado indicó que con la expedición de la Ley 1437 de 2011 no es necesario que la infracción sea manifiesta y que se advierta sin mayores elucubraciones para decretar la medida cautelar de suspensión provisional. Además, analiza cuales fueron los cambios más relevantes introducidos por la nueva codificación en materia de medidas cautelares, en contraste con el decreto 01 de 1984. Clic para ver providencia (Sec. Quinta. Marzo/2014 (Ver documento aquí)
Subnota 15: Consejo de Estado precisa que no procede medida cautelar de suspensión provisional del acto cuando la norma acusada ha sido modificada o derogada. Clic para ver providencia (Sec. Cuarta. Enero/2014 (Ver documento aquí)
Subnota 16: Consejo de Estado se pronuncia sobre los requisitos para decretar medida cautelar de suspensión provisional de los efectos del acto administrativo, llegando a la conclusión que se requiere de un análisis jurídico de fondo, circunstancia que no puede ser advertida a través de tal mecanismo, sino que para ello se precisa acometer un estudio normativo y probatorio de fondo. Clic para ver providencia (Sec. Primera. Marzo/2013 (Ver documento aquí) También señala que se habilita al Juez a realizar un estudio no simplemente superficial de la solicitud de la medida sino que incluye la apreciación de las pruebas aportadas al efecto.
Subnota 17: El Consejo de Estado frente al cambio normativo precisa que éste da la apertura de autorizar al juez administrativo para que desde este momento procesal obtenga la percepción de si hay la violación normativa alegada, pudiendo al efecto: 1°) realizar análisis entre el acto y las normas invocadas como transgredidas, y 2°) que también pueda estudiar las pruebas allegadas con la solicitud. Pero a la vez es necesario que el juez tenga en cuenta el perentorio señalamiento del 2º inciso del artículo 229. Clic para ver providencia (Sec. Quinta. Enero/2013 (Ver documento aquí)
Subnota 18: SUSPENSIÓN PROVISIONAL EFECTOS EN ACTOS DE ELECCIÓN. Análisis de normas invocadas y el acto demandado; y estudio pruebas allegadas con la solicitud. CARENCIA PROBATORIA PARA RESOLVER LA MEDIDA CAUTELAR. Se requiere que el proceso avance en sus etapas, se enriquezca el material probatorio para definir la contrariedad entre el acto demandado y las normas indicadas como violadas. Clic para ver providencia (Sec. Quinta. Septiembre/2012 (Ver documento aquí)
472 SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN EL DECRETO 01 DE 1984 - El análisis judicial se limitaba a la fundamentación expuesta en la solicitud y su procedencia a la manifiesta infracción de las normas invocadas como violadas / SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN LA LEY 1437 DE 2011 - Procede por violación de las normas invocadas en la demanda o en la solicitud que se efectúe en escrito separado y el análisis del juez no se circunscribe a una simple comparación entre dichas normas y el acto acusado o las pruebas allegadas con la solicitud / SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN LA LEY 1437 DE 2011 - No se califica el nivel de la infracción como sí se hacía en el CCA / CONCEPTOS DE LA DIAN – Cuando interpretan normas tributarias y estas autorregulan la actividad administrativa o producen efectos, son actos de reglamentación en el último nivel de ejecución Clic para ver providencia (Sec. Cuarta. Marzo/2015 (Ver documento aquí)
473 Subnota 1: MEDIDAS CAUTELARES – Procedencia / SUSPENSIÓN PROVISIONAL – Requisitos para suspender actuaciones administrativas: Necesidad de sustentar la solicitud Clic para ver providencia (Sec. Primera. Noviembre/2015 (Ver documento aquí)
Subnota 2: El consejo de estado se pronuncia e indica que el actor tiene el deber de suministrar al juez los elementos probatorios y argumentativos necesarios para decidir sobre la prosperidad de la medida cautelar. Clic para ver providencia (Secc. Quinta. Jul/2014 (Ver documento aquí)
Subnota 3: Consejo de Estado señala que la solicitud de suspensión provisional puede ser sustentada en el concepto de violación expresado en la demanda, sin que ello signifique, que la adopción de dicha medida se condicione por ello, a la ejecutoria del auto admisorio de la demanda. Clic para ver providencia (Secc. Segunda Mayo/2014 (Ver documento aquí)
Subnota 4: Consejo de Estado se pronuncia sobre los requisitos para decretar medida cautelar de suspensión provisional de los efectos del acto administrativo, llegando a la conclusión que se requiere de un análisis jurídico de fondo, circunstancia que no puede ser advertida a través de tal mecanismo, sino que para ello se precisa acometer un estudio normativo y probatorio de fondo. Clic para ver providencia (Secc. Primera Marzo/2013 (Ver documento aquí)
474 Subnota 1: MEDIDA CAUTELAR – Clasificación / MEDIDA CAUTELAR – Criterios de aplicación / SUSPENSIÓN PROVISIONAL – Exige del juez realizar una confrontación de legalidad del acto acusado con las normas vulneradas / SUSPENSIÓN PROVISIONAL – Requisitos de procedencia / CIRCULARES – Control de legalidad Clic para ver providencia (Sec. Primera. Febrero/2016 (Ver documento aquí)
Subnota 2: MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN PROVISIONAL – No requiere manifiesta infracción normativa. Confrontación con normas o pruebas. MEDIDAS CAUTELARES – Clases. Clic para ver providencia (Sec. Segunda. Noviembre/2015 (Ver documento aquí)
Subnota 3: SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE ACTO ADMINISTRATIVO -. Procedencia. SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE ACTO ADMINISTRATIVO - Segundo. No se requiere que la violación de normas superiores sea manifiesta o evidente. Clic para ver providencia. (Sec. Tercera septiembre /2014 (Ver documento aquí)
Subnota 4: Consejo de Estado indica que en el estudio de procedencia de la medida cautelar de suspensión provisional de un acto administrativo, se prescinde de la manifiesta infracción del acto frente a la norma; y se obliga al juez a hacer un análisis entre el acto y las normas invocadas y a estudiar las pruebas allegadas con la solicitud. Clic para ver providencia (Sec. Cuarta. Enero/2014 (Ver documento aquí) igualmente, Clic para ver providencia (Sec. Cuarta. Marzo/2014 (Ver documento aquí)
475 Subnota 1: MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN - En ella el análisis del funcionario judicial no se circunscribe a una simple comparación normativa y el acto acusado o las pruebas allegadas con la solicitud / SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN LA LEY 1437 DE 2011 - No se califica el nivel de la infracción como sí se hacía en el CCA / SUSPENSIÓN PROVISIONAL EN MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Conservó la exigencia de acreditar, siquiera sumariamente, el perjuicio causado con la ejecución del acto Clic para ver providencia (Sec. Cuarta. Agosto/2014 (Ver documento aquí)
Subnota 2: Consejo de estado se pronuncia sobre la procedencia de la suspensión provisional de un acto administrativo. Se exige que su contradicción legal aparezca del análisis y confrontación con las normas superiores invocadas como violadas, o estudio de pruebas allegadas con la solicitud. Clic para ver providencia (Sec. Quinta. Abril/2014 (Ver documento aquí)
Subnota 3: VALOR PROBATORIO DE MEDIOS ELECTRÓNICOS EN LA ACTIVIDAD JUDICIAL. Valoración de las pruebas como presupuesto para el estudio de la suspensión provisional del acto administrativo. Clic para ver providencia (Sec. Quinta. Diciembre/2013 (Ver documento aquí)
Subnota 4: SUSPENSIÓN PROVISIONAL DE ACTOS ADMINISTRATIVOS. Requiere estudio de las pruebas allegadas con la solicitud. Clic para ver providencia (Sec. Segunda. Octubre/2013 (Ver documento aquí)
476 MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DEL PROCESO O ACTUACION ADMINISTRATIVA – Está sujeta a los requisitos previstos en el artículo 231 de la Ley 1437 de 2011 / APARIENCIA DE BUEN DERECHO EN MEDIDAS CAUTELARES – Exige un examen preliminar respecto a la legalidad del acto o de la titularidad del derecho subjetivo / URGENCIA MANIFIESTA EN MEDIDAS CAUTELARES – Se presenta cuando la duración del proceso puede tornar ineficaz un eventual fallo estimatorio / PONDERACIÓN DE INTERESES EN CONFLICTO EN MEDIDAS CAUTELARES – Trata de identificar las ventajas para el interés general y las desventajas para el demandante en caso de denegarse la medida cautelar. Clic para ver providencia (Sec. Cuarta. Diciembre/2015 (Ver documento aquí)
477 MEDIDA CAUTELAR - Fines. Finalidad / MEDIDA CAUTELAR - Objeto. Medidas cautelares de urgencia / MEDIDA CAUTELAR - Principio de proporcionalidad. Aplicación del principio fumus boni iuris y del principio periculum in mora. Principio de peligro en la demora / MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN PROVISIONAL - Su procedencia es rogada. Procedencia a petición de parte. Clic para ver providencia (Sec. Tercera. Mayo/2015 (Ver documento aquí)
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