La audiencia de pruebas se regirá por lo establecido en este Código para el proceso ordinario. Cuando se trate de pruebas documentales constitutivas de los antecedentes del acto de elección por voto popular, se deberán solicitar al Registrador Nacional de Estado Civil o al Consejo Nacional Electoral, quienes tendrán la obligación de enviarlos de manera inmediata. 1
Concordancias:
Artículos 211 y ss.
Actualización segunda etapa:
1 Incorporación de Acta de Escrutinio a Demanda contra Elección de Ediles, pueden ser tomados de internet y deben ser considerados como verdaderos documentos públicos electrónicos.Clic para ver providencia (Sec. Quinta. Marzo /2018 (Ver documento aquí)