ARTÍCULO 294. NULIDADES ORIGINADAS EN LA SENTENCIA.570 1
La nulidad procesal originada en la sentencia únicamente procederá por incompetencia funcional, indebida notificación del auto admisorio de la demanda al demandado o a su representante, por omisión de la etapa de alegaciones y cuando la sentencia haya sido adoptada por un número inferior de Magistrados al previsto por la ley.
Mediante auto no susceptible de recuso, el juez o Magistrado Ponente rechazará de plano por improcedente la solicitud de nulidad contra la sentencia que se funde en causal distinta de las mencionadas.
Actualización segunda etapa:
1 NULIDAD ORIGINADA EN LA SENTENCIA - Situaciones que pueden configurarla / PRUEBAS - Deben ser presentadas por el actor en la demanda y definidas por el operador jurídico en la audiencia inicial / NULIDAD PROCESAL - Improcedencia. No se encuentra en las causales establecidas por la norma aplicable para que sea tramitada como incidente de nulidad una vez dictada la sentencia. Clic para ver providencia (Sec. Quinta. Diciembre/2015 (Ver documento aquí)
Nulidades de las sentencias: Que no se haya decretado la acumulación de procesos electorales y estos se hayan fallado en sentencias independientes no significa que estas adolezcan de nulidad, toda vez que las sentencias electorales solo serán nulas por los presupuestos establecidos en el artículo 294. Clic para ver providencia (Sec. Quinta. Noviembre /2016)
La nulidad de la sentencia electoral solo procede si y solo si esta se profirió: i) con incompetencia funcional; ii) con indebida notificación del auto admisorio de la demanda al demandado o a su representante; iii) con omisión de la etapa de alegaciones; o iv) por un número inferior de Magistrados al previsto por la ley.Click para ver providencia (Sec. Quinta, Enero17 de 2017 (Ver documento aquí)
Nulidades: El legislador incorporó una serie de medidas que autorizan al juez electoral para rechazar cualquier conducta dilatoria en el proceso, pese a que en apariencia se formule bajo el entendido de una solicitud de nulidad.Clic para ver la providencia (Sección Quinta. Enero/2017 (Ver documento aquí)
NULIDAD POR INDEBIDA REPRESENTACIÓN. No tenía poder para interponer recurso de apelación. / ADVERTENCIA DE LA NULIDAD. Antes de declarar la nulidad debe ponerse en conocimeinto a la parte afectada. Clic para ver la providencia (Sección Cuarta. Marzo/2018 (Ver documento aquí)
Enlaces:
570 Subnota 1: NULIDAD ORIGINADA EN LA SENTENCIA - Situaciones que pueden configurarla. Clic para ver providencia (Sec.Quinta. Septiembre/2015 (Ver documento aquí)
Subnota 2: Consejo de Estado se pronuncia sobre la obligación del juez contencioso administrativo de rechazar de plano por improcedentes, las solicitudes que no deban tramitarse como incidente y las que resulten extemporáneas, mediante providencia que no será susceptible de recurso alguno. Clic para ver providencia. (Sec. Quinta. Julio/2014 (Ver documento aquí)