ARTÍCULO 75. IMPROCEDENCIA.1


No habrá recurso contra los actos de carácter general, ni contra los de trámite97, preparatorios, o de ejecución excepto en los casos previstos en norma expresa.
Concordancias: Artículo 40, 74-2 y 89.
Actualización segunda etapa: 1 Solamente los actos de elección, de nombramiento y de llamamiento, pueden ser susceptibles de ser enjuiciados a través del medio de control de nulidad electoral, lo que impide que puedan ser controvertidos por esta vía procesal los actos de trámite y preparatorios. Clic para ver providencia (Sec. Quinta Feb./2017 (Ver documento aquí)
Contra los actos administrativos que declaran insubsistente un nombramiento de un empleado público, no proceden los recursos en la vía gubernativa. Clic para ver providencia (Sec. Segunda Sep. 14 /2017 (Ver documento aquí)
Enlaces: 97 Consejo de Estado se pronuncia frente a los actos de trámite, como actos que no son pasible de control judicial; excepto el acto que declara el desistimiento de la petición en interés particular, como acto de trámite demandable - Clic para ver providencia (Sec. Cuarta May/2014 (Ver documento aquí)
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