Solo la DIAN puede verificar la legalidad de las importaciones en el territorio nacional.
(Nota de relatoria 14 de noviembre de 2024)
Hay lugar a la aprehensión y decomiso de mercancías, entre otras, cuando esta no se encuentre amparada en una declaración de importación, no corresponda con la descripción declarada, se encuentre una cantidad superior a la señalada en la declaración, o se haya incurrido en errores u omisiones en su descripción.
Consejo de Estado-Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Primera. Sentencia del 1° de agosto de 2024. Consejero Ponente: Hernando Sánchez Sánchez Rad: 54001 23 31 000 2009 00185 01