Aumentos diferenciados sí son válidos: Tribunal confirma que no hubo discriminación salarial entre grados del escalafón docente

2026-02-25T05:00:00.000Z

Problema Jurídico: Establecer si para los años 2008, 2009 y 2011 el reajuste salarial de los docentes se efectuó desconociendo el derecho a la igualdad y los artículos 46 y 49 del estatuto docente.

Conclusión: Confirmar la sentencia de primera instancia toda vez que, los aumentos salariales decretados por el Gobierno Nacional se realizaron conforme a las facultades legales otorgadas por la Ley 4 de 1992 y el Decreto Ley 1278 de 2002. Los incrementos salariales diferenciados aplicados por el Gobierno Nacional a los docentes en los años 2008, 2009 y 2011 se encuentran amparados por la facultad legal establecida en la Ley 4ª de 1992 y desarrollada en el Decreto Ley 1278 de 2002, en concordancia con los principios del estatuto docente.

Decisión: Confirmar la sentencia del 11 de diciembre de 2024 proferida por el Juzgado Undécimo Administrativo del Circuito de Santa Marta, que negó las pretensiones de la demanda, conforme a las razones expuestas previamente.

Glosario Jurídico:

  • Incrementos salariales diferenciados: Facultad del Gobierno Nacional, amparada en la Ley 4 de 1992 y el Estatuto Docente, para fijar anualmente aumentos no uniformes entre grados del escalafón cuando existan criterios objetivos que lo justifiquen
  • Principio “a trabajo igual, salario igual”: Principio derivado del artículo 13 de la Constitución, interpretado por el Consejo de Estado indicando que la igualdad salarial solo opera entre sujetos en idénticas condiciones fácticas y jurídicas. La sentencia recalca que no es posible comparar docentes de grados distintos, pues cada uno exige requisitos y perfiles distintos
  • Excepción de ilegalidad: Mecanismo mediante el cual el juez puede inaplicar una norma de rango inferior cuando contradiga normas superiores.
  • Juicio de igualdad en materia salarial: Examen que determina si existe trato discriminatorio entre servidores públicos.

Tribunal Administrativo del Magdalena – Despacho 01

Sentencia de segunda instancia

Magistrada Ponente: María Victoria Quiñones Triana

Fecha: (28) de mayo de dos mil veinticinco (2025)

Radicación: 47001333301120240019901

Medio de control: Nulidad y restablecimiento del derecho Ley 2080/2021

Asunto: Incremento salarial/ escalafón docente/ Decreto 1278 de 2002/ principio a trabajo igual salario igual/ niega

 

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Equipo Despacho 01

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