Problema
jurídico: Para el Tribunal el problema jurídico se contrae a
determinar si le asiste derecho al señor Víctor Raúl Lara Mazenett al
reconocimiento y pago de prestaciones salariales y sociales no devengadas
durante el lapso en que estuvo vinculado a la E.S.E. Hospital Santander Herrera
de Pivijay, en calidad de médico especialista en radiología e imágenes
diagnósticas (contratista), y al pago de aportes pensionales en ese mismo
interregno, esto con fundamento en el principio de primacía de la realidad
sobre las formas.
Sin embargo, debe la Sala establecer en primer lugar,
si se cumplen los requisitos para la aplicación de tal principio en el caso
concreto, en especial, lo relativo a la subordinación y dependencia.
En el evento de verificar el cumplimiento de tal
presupuesto, debe la Sala verificar si en aplicación de la sentencia de
unificación de 25 de agosto de 2016 de la Sección Segunda del Consejo de Estado,
es posible en el caso en concreto declarar probada la excepción de prescripción
en cuanto a la pretensión dirigida al reconocimiento y pago de las prestaciones
sociales.
Conclusión:
Este Tribunal confirmará la sentencia apelada, por
medio de la cual se negaron las pretensiones de la demanda, teniendo en cuenta
que la parte demandante no cumplió con la carga probatoria de acreditar los
elementos probatorios suficientes que permitan advertir indicios subordinantes
en la ejecución de sus actividades durante el período que prestó el servicio de
médico especialista en radiología e imágenes diagnósticas de la E.S.E. Hospital
Santander Herrera de Pivijay.
Decisión: Confirmar
la sentencia de fecha 25 de junio de 2024, proferida por el Juzgado Décimo
Administrativo del Circuito de Santa Marta, por medio de la cual se negaron las
pretensiones de la demanda, por los motivos aquí expuestos.
Glosario:
Contrato Realidad:
Doctrina jurídica que busca proteger a los trabajadores cuando, a pesar de
estar firmando contratos de "prestación de servicios", en la práctica
cumplen con horarios y órdenes como si fueran empleados de planta.
Elementos Esenciales de la Relación Laboral:
Son tres: 1) Prestación personal del servicio, 2) Remuneración y 3)
Subordinación. Si falta uno (especialmente la subordinación), no existe
contrato de trabajo.
ONU Probandi (Carga de la Prueba):
Obligación legal que tenía el demandante de demostrar que sí estaba subordinado
al hospital, carga que el Tribunal consideró no cumplida.
Subordinación Jurídica: El elemento más difícil de probar en un contrato realidad; consiste en la facultad del empleador de dar órdenes constantes y supervisar rigurosamente el cumplimiento de la labor del trabajador.
Datos de
la sentencia
Desde Santa Marta, fortaleciendo el conocimiento
jurídico
Equipo Despacho 01