Bonificación judicial es salario: Tribunal confirma reliquidación prestacional y mantiene prescripción trienal

2026-02-27T05:00:00.000Z

Problema Jurídico: Establecer si la bonificación judicial creada a través del Decreto 383 de 2013 es constitutiva de factor salarial, y en ese sentido, si debe incluirse tal concepto en la liquidación de las prestaciones sociales que perciba el servidor judicial.

Conclusión: confirmar la sentencia de primera instancia, que accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda, toda vez que la bonificación judicial de que trata el Decreto 383 de 2013 al ser un emolumento creado con el fin de retribuir directamente la prestación del servicio judicial dada su habitualidad y permanencia, ostenta la condición de factor salarial, por lo que en ese entendido no solo debe tenerse en cuenta para la base de cotización al Sistema General de Pensiones y al Sistema General de Seguridad Social en Salud, sino de igual forma para liquidar las prestaciones salariales correspondientes.

Decisión: Aceptar el impedimento manifestado por la doctora Elsa Mireya Reyes Castellanos y, en consecuencia, separarla del conocimiento del asunto de la referencia. Confirmar la sentencia anticipada de fecha 6 de octubre de 2023, proferida por el Juzgado 401 Transitorio de Santa Marta, a través de la cual se accede parcialmente, por los motivos expuestos en esta providencia.

Glosario Jurídico:

·         Bonificación judicial (Decreto 383 de 2013): Asignación mensual creada para los servidores de la Rama Judicial; el decreto pretendió limitarla como factor salarial solo para cotización, pero la jurisprudencia, y este fallo, la reconoce como salario pleno por su habitualidad y finalidad retributiva.

·         Excepción de inconstitucionalidad: Permite inaplicar una norma incompatible con la Constitución en un caso concreto.

Tribunal Administrativo del Magdalena – Despacho 01

Sentencia de segunda instancia

Magistrada Ponente: María Victoria Quiñones Triana

Fecha: (7) de mayo de dos mil veinticinco (2025)

Radicación: 47-001-3333-001-2022-00572-02

Medio de control: Nulidad y restablecimiento del derecho (Laboral L2080/2021)

Asunto: Bonificación judicial / Decreto 383 de 2013 / servidor Rama Judicial / confirma

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Equipo Despacho 01

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