Bonificación judicial = salario: Tribunal confirma inclusión en prestaciones y mantiene nulidad de actos que la negaron

2026-02-27T05:00:00.000Z

Problema Jurídico: Determinar si la bonificación judicial creada a través del Decreto 383 de 2013 es constitutiva de factor salarial, y en ese sentido, si debe incluirse tal concepto en la liquidación de las prestaciones sociales que perciba el servidor judicial.

Conclusión: Los argumentos planteados por la demandada no lograron desvirtuar la tesis expuesta por el juzgador de primera instancia, esto es, el carácter de factor salarial que ostenta la bonificación judicial. Paralelo a ello, la contradicción entre lo señalado en la Constitución Política y la ley – en especial la Ley 4 de 1992 – con el Decreto 383 de 2013 – y los que posteriormente se expidieron - es evidente, de tal forma que se encuentra ajustada a derecho la inaplicación de algunas de sus expresiones.

Decisión: Aceptar el impedimento manifestado por la doctora Elsa Mireya Reyes Castellanos y, en consecuencia, separarla del conocimiento del asunto de la referencia. Confirmar la sentencia de fecha 29 de septiembre de 2023, proferida por el Juzgado 403 Administrativo Transitorio del Circuito Judicial de Valledupar, a través de la cual se accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda, por los motivos expuestos en esta providencia.

Glosario Jurídico:

·         Factor salarial: Todo pago habitual y periódico que remunera el trabajo. Incide en prestaciones como cesantías, bonificación por servicios, primas (servicios, productividad, navidad), vacaciones, entre otras.

·         Bonificación judicial (D. 383/2013): Asignación mensual creada para servidores de la Rama Judicial (y Justicia Penal Militar). Aunque el decreto pretendió limitarla a cotizaciones, el Tribunal la reconoce como factor salarial pleno por su habitualidad y retribución directa del servicio.

Tribunal Administrativo del Magdalena – Despacho 01

Sentencia de segunda instancia

Magistrada Ponente: María Victoria Quiñones Triana

Fecha: (7) de mayo de dos mil veinticinco (2025)

Radicación: 47001333300120190038802

Medio de control: Nulidad y restablecimiento del derecho (Laboral L1437/2011)

Asunto: Bonificación judicial / Decreto 383 de 2013 / servidor Rama Judicial

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