BONIFICACIÓN JUDICIAL Y FACTOR SALARIAL: MODIFICACIÓN DE LA CONDENA FRENTE AL ALCANCE RETRIBUTIVO EN LA RAMA JUDICIAL

2026-02-24T05:00:00.000Z

Problema jurídico: Para el Tribunal el problema jurídico se contrae a determinar si la bonificación judicial creada a través del Decreto 382 de 2013 es constitutiva de factor salarial, y en ese sentido, si debe incluirse tal concepto en la liquidación de las prestaciones sociales que perciba el servidor judicial.

Conclusión: Se confirmará la sentencia apelada porque no logró desvirtuar la tesis expuesta por el juzgado de primera instancia, esto es, el carácter de factor salarial que ostenta la bonificación judicial. Paralelo a ello, la contradicción entre lo señalado en la Constitución Política y la ley – en especial la Ley 4 de 1992 – con el Decreto 382 de 2013 era evidente, de tal forma que era ajustada a derecho la inaplicación de algunas de sus expresiones.

Ahora bien, es necesario modificar algunos numerales de la sentencia apelada, pues no debía hacerse ninguna aclaración frente a la reliquidación de las cesantías con la inclusión del nuevo factor salarial, mientras esté vigente el vínculo laboral, el actor puede pretender el reconocimiento y pago de las cesantías anualizadas – incluyendo su reliquidación – porque tal derecho no prescribe.

Decisión: Aceptar el impedimento manifestado por la doctora Elsa Mireya Reyes Castellanos y, en consecuencia, separarla del conocimiento del asunto de la referencia.

Modificar los numerales 7, 8 y 9 de la sentencia del 27 de febrero de 2023 proferida por el Juzgado 403 Administrativo Transitorio del Circuito Judicial de Valledupar.

Glosario jurídico:

Bonificación judicial: Reconocimiento económico creado para servidores de la Rama Judicial, cuya naturaleza jurídica puede incidir en la liquidación de prestaciones.

Factor salarial: Concepto que integra la base de liquidación prestacional por constituir retribución directa y habitual del servicio.

Modificación de sentencia: Decisión de segunda instancia que altera parcialmente lo resuelto por el juez de primera instancia.

Restablecimiento del derecho: Reconocimiento de efectos económicos derivados de la declaratoria de nulidad de un acto.

Presunción de legalidad: Principio según el cual los actos administrativos se consideran válidos mientras no sean anulados judicialmente.

Datos de la sentencia:

  • Tribunal Administrativo del Magdalena -Despacho 01
  • Sentencia de segunda instancia.
  • Fecha: Magistrada ponente: María Victoria Quiñones Triana.
  • Radicación: 47-001-3333-004-2018-00049-01
  • Medio de control: Nulidad y restablecimiento del derecho.
  • Asunto: Bonificación judicial.

Desde Santa Marta, fortaleciendo el conocimiento jurídico Equipo Despacho 01 Tribunal Administrativo del Magdalena.

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