En el caso concreto, el alto tribunal corroboró que el acto acusado tuvo como finalidad regular lo dispuesto en el literal g) del artículo 5º de la Ley 182 de 1995, esto es, el pago por compensación que se debe retribuir a la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV) por el otorgamiento de concesiones que permitan la explotación del servicio de televisión por suscripción.
Acorde con ello, también evidenció que el acto demandado, esto es, la Resolución 0452 del 2015 proferida por la ANTV, es un acto de carácter general y en esas condiciones, si se pretende censurar su validez, se debe acudir en principio a la acción de nulidad prevista en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011)
Sin embargo, una vez aclarada la naturaleza de los actos que se discuten, es necesario determinar si excepcionalmente procede la acción de nulidad y restablecimiento del derecho conforme se explicó.
Ahora bien, teniendo en cuenta las premisas necesarias antes explicadas, concluyó que la acción procedente es la de nulidad y restablecimiento del derecho, acorde con el inciso final del artículo 138 de la Ley 1437, pues confluyen los requerimientos para ello, teniendo en cuenta que el motivo para demandar estos actos generales no está en la tutela o protección del interés general, sino que deriva de un interés particular
Consejo de Estado, Sección Primera, auto del 28 de febrero de 2019. Radicado: 25000233600020130007201. CP: Oswaldo Giraldo López.
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Acción de nulidad y restablecimiento del derecho
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo