Problema jurídico: Este
cuerpo colegiado en el presente caso debe establecer si la fecha de radicación
de la solicitud fue correctamente establecida por el juzgado de primera
instancia y si efectivamente se configuró mora en el pago de la prestación.
Una vez
analizado lo anterior, corresponde a esta sala determinar a qué entidad le
corresponde asumir el pago de la sanción moratoria, esto es, si al Fomag o a la
entidad territorial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la
Ley 1955 de 2019, teniendo en cuenta que tanto la petición de cesantías como el
acto que ordena su reconocimiento y pago se expidió en vigencia de la referida
normativa.
Conclusión Por
todas las razones expuestas, se modificará en numeral tercero de la sentencia
proferida por el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Santa Marta que
resolvió acceder parcialmente a las pretensiones de la demanda y condenó al
Fomag, teniendo en cuenta que la fecha de radicación de la solicitud de las
cesantías correspondió al 212 de noviembre de 2022, y no el 10 de noviembre
como indicó el juez de primera instancia, teniendo para el pago de las prestación
el 22 de febrero de 2023, y la misma fue puesta a disposición de la docente el
9 de marzo de 2023, es decir, por fuera del término legal para ello,
generándose un periodo de mora de 14 días.
Además de
ello, se concluyó que al existir constancia del trámite interno impartido a la
petición de cesantía presentada por la actora entre la entidad territorial y el
Fomag, se determinó que el pago de la sanción moratoria se encuentra a cargo
del ente territorial, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.4.4.2.3.2.28.
del Decreto 942 de 2022, por haberse expedido el acto administrativo de
reconocimiento por fuera del término para ello.
Decisión: Modificar el numeral
tercero de la sentencia del 27 de septiembre de 2024, proferida por el Juzgado
Cuarto Administrativo del Circuito de Santa Marta, por medio de la cual se
accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda
Glosario jurídico:
Sanción
moratoria: Indemnización a cargo de la
entidad responsable por el retardo en el pago oportuno de cesantías.
Competencia
administrativa: Facultad legal
atribuida a una entidad pública para decidir y ejecutar determinadas
actuaciones.
Legitimación en
la causa por pasiva: Idoneidad
jurídica de la entidad demandada para asumir la obligación discutida.
Acto
administrativo particular: Decisión
que produce efectos jurídicos individuales frente a un destinatario determinado
Datos de la sentencia:
Desde
Santa Marta, fortaleciendo el conocimiento jurídico Equipo Despacho 01 Tribunal
Administrativo del Magdalena.