CESANTÍAS TARDÍAS SÍ GENERAN SANCIÓN: RESPONSABILIDAD CONFIRMADA EN SEGUNDA INSTANCIA

2026-02-24T05:00:00.000Z

Problema jurídico: Este cuerpo colegiado en el presente caso debe establecer a qué entidad le corresponde asumir el pago de la sanción moratoria, esto es, si al Fomag o a la entidad territorial de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 1955 de 2019, teniendo en cuenta que tanto la petición de cesantías como el acto que ordena su reconocimiento y pago se expidió en vigencia de la referida normativa.

Conclusión: Por todas las razones expuestas, se confirmará la sentencia proferida por el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Santa Marta que resolvió acceder a las pretensiones de la demanda y condenó a la Nación, Ministerio de Educación Nacional, Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio.

Lo anterior, por cuanto se concluyó que el cálculo del período de mora se hizo de manera acertada; además, al no haber constancia del trámite interno o el cruce de información impartido a la petición de cesantía presentada por el actor entre la entidad territorial y el Fomag, se determinó que el pago de la sanción moratoria se encuentra a cargo del Fomag, sin perjuicio de las acciones legales que pueda adelantar en contra de la entidad territorial por el incumplimiento de los términos instituidos en la Ley 1071 de 2006.

Decisión: Confirmar la sentencia anticipada de fecha 30 de julio de 2023, proferida por el Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Santa Marta, por medio de la cual se accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda, conforme con los motivos expuestos en esta providencia.

Glosario jurídico:

Cesantías: Prestación social a favor del trabajador por el tiempo de servicio.

Sanción moratoria: Penalidad por el pago tardío de prestaciones sociales.

Acto administrativo: Decisión de la administración con efectos jurídicos.

Prescripción: Pérdida del derecho por el paso del tiempo.

Nulidad y restablecimiento del derecho: Acción para anular un acto y reparar el derecho vulnerado.

Datos de la sentencia:

  • Tribunal Administrativo del Magdalena -Despacho 01
  • Sentencia de segunda instancia.
  • Fecha: Magistrada ponente: María Victoria Quiñones Triana.
  • Radicación: 47001333300420220053101
  • Medio de control: Nulidad y restablecimiento del derecho.
  • Asunto: Sanción moratoria

Desde Santa Marta, fortaleciendo el conocimiento jurídico Equipo Despacho 01 Tribunal Administrativo del Magdalena.

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