CONSEJO DE ESTADO AVOCÓ CONOCIMIENTO PARA PROFERIR SENTENCIA DE UNIFICACIÓN EN TEMA DE RELIQUIDACIÓN DE LA ASIGNACIÓN DE RETIRO DE SOLDADOS VOLUNTARIOS INCORPORADOS COMO PROFESIONALES

2019-02-01T00:00:00.000Z

En reciente decisión la Sección Segunda del Consejo de Estado resolvió asumir el conocimiento de un asunto para unificar su jurisprudencia en los siguientes aspectos:
El reajuste del 40% de la asignación de retiro de los soldados voluntarios que se incorporaron como profesionales. Asignación salarial que debe tenerse en cuenta para liquidar la asignación de retiro.
Legitimación de CREMIL, para decidir sobre el reajuste de la asignación de retiro.
La interpretación del artículo 16 del Decreto 4433 de 2003, sobre la forma de computar la prima de antigüedad en la liquidación de la asignación de retiro de los soldados profesionales.
Las partidas computables que deben tenerse en cuenta para la liquidación de la asignación de retiro de los soldados profesionales.
Porcentaje de liquidación de la asignación de retiro de soldados profesionales. Aplicación de los incrementos previstos por el Decreto 991 de 2015.
Con el objeto de asegurar la aplicación de los principios de confianza legítima, seguridad jurídica e igualdad, la Corporación ordenó comunicar esta decisión a los Tribunales Administrativos y a los coordinadores de los Juzgados Administrativos del país, para los efectos que consideren pertinente.
Sección Segunda. Auto del 31 de octubre de 20148. Expediente: 85-001-3333-000-2013-00237-01. No. Interno: 1701-2016.
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