Consejo de Estado ratifica condena por accidente de tránsito ocasionado por un vehículo de carga que excedió el límite de peso permitido en las normas de tránsito y que no fue inmovilizado por la Policía Nacional

2022-09-01T00:00:00.000Z

El Consejo de Estado ratificó la condena que el Tribunal Administrativo del Magdalena le impuso a la Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional por los perjuicios causados a los demandantes con ocasión de la muerte de unos jóvenes en un accidente de tránsito ocurrido en la vía Santa Marta – Palomino, cuando un camión que se movilizaba en esa carretera se volcó y su carga cayó sobre ellos causándoles la muerte. Estas entidades deberán pagarles a las víctimas perjuicios de orden morales y materiales, al comprobarse que la causa eficiente del daño antijurídico fue el sobrepeso de la carga con la que circulaba el camión, lo que dio lugar a su volcamiento y, en consecuencia, la muerte de la víctima directa. Aunque la decisión fue apelada por las entidades condenadas, el Consejo de Estado ratificó la condena por falla en el servicio bajo los siguientes argumentos: Según el Alto Tribunal, el vehículo que provocó el accidente no debió continuar su curso una vez que la Policía Nacional detectó el incumplimiento de la norma sobre el peso máximo permitido que, de no influir en la accidentalidad, sería una variable cuya medida no estaría regulada, pero, claramente, el movimiento de la carga (excedida) y su volcamiento permiten inferir que el sobrepeso sí influyó como causa del accidente. En ese orden de ideas, advirtió que, dado que fue la entidad demandada la que debió inmovilizar el vehículo y transbordar la carga, a esta le correspondía demostrar que no fue el sobrepeso sino otra la causa del accidente, más en casos como el analizado, en los que este tipo de situaciones requieren de una prueba técnica que la entidad está en mejores condiciones y capacidades de allegar al proceso que los demandantes dolientes de la víctima. Así las cosas, y conforme al material probatorio obrante en el plenario, concluyó la Corporación que era posible inferir el nexo causal entre la falla en el servicio y el daño a partir de los hechos indicadores, todos referidos al sobrepeso de la carga que no fue transbordada por la Policía Nacional al momento de realizar el comparendo al vehículo. Consejo de Estado.Sección Tercera - Subsección A. Consejero ponente: Martha Nubia Velásquez Rico. 6 de julio de 2022. Radicación: 47001-23-33-000-2018-00214-01 (66741)
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