Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Segunda. Auto del 28 de marzo de 2019. Radicación número: 15001-23-33-000-2003-00605 01(0288-15)

2019-03-28T00:00:00.000Z

Inaplicar en el caso en concreto el requisito de cuantía equivalente a 90 salarios mínimos mensuales legales mensuales vigentes de que trata el artículo 257, numeral 1, del CPACA en el recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia
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