Problema jurídico: Para el
Tribunal el problema jurídico se contrae a determinar si la bonificación
judicial creada a través del Decreto 382 de 2013 es constitutiva de factor
salarial, y en ese sentido, si debe incluirse tal concepto en la liquidación de
las prestaciones sociales que perciba el servidor judicial.
Conclusión Se
revocará la sentencia apelada pues se logró desvirtuar la tesis expuesta por el
juzgado de primera instancia, esto es, el carácter de factor salarial que
ostenta la bonificación judicial. Paralelo a ello, la contradicción entre lo
señalado en la Constitución Política y la ley en especial la Ley 4 de 1992 con
el Decreto 382 de 2013 es evidente, de tal forma que es ajustado a derecho la
inaplicación de algunas de sus expresiones.
Decisión: Aceptar el impedimento
manifestado por la doctora Elsa Mireya Reyes Castellanos y, en consecuencia,
separarla del conocimiento del asunto de la referencia.
Segundo.
Confirmar la sentencia del 31 de julio de 2024 proferida por el Juzgado 404
Administrativo Transitorio del Circuito Judicial de Valledupar, por medio de la
cual se accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda, por los motivos
expuestos en esta providencia.
Glosario jurídico:
Bonificación
Judicial: Prestación económica mensual creada para servidores
de la Fiscalía (Decreto 382 de 2013) y la Rama Judicial (Decreto 383 de 2013).
Inaplicación por
Inconstitucionalidad: Acto de
apartarse de una norma reglamentaria para aplicar directamente la Constitución
y proteger la igualdad salarial.
Factor Salarial: Calidad de un emolumento que obliga a sumarlo al
salario base para el cálculo de cesantías, primas y bonificaciones.
Nulidad y
Restablecimiento: Acción para invalidar
actos que negaron el carácter salarial de la bonificación y ordenar el pago de
las diferencias económicas.
Datos de la sentencia:
Desde
Santa Marta, fortaleciendo el conocimiento jurídico Equipo Despacho 01 Tribunal
Administrativo del Magdalena.