Laura es madre cabeza de familia de una menor de 11 años, fue diagnosticada con cáncer, por el cual ha recibido tratamientos médicos constantes. A pesar de su delicada situación, la entidad pública donde trabajaba bajo cinco contratos de prestación de servicios (2019-2023), decidió no renovar su contrato, lo cual afectó profundamente su bienestar.
¿Qué dijo la Corte? 👨🏼⚖️ 👩🏼⚖️
1️⃣ Aunque existía una vía ordinaria para reclamar sus derechos, no era eficaz para prevenir un daño irremediable.
2️⃣ Laura, como sujeto de especial protección constitucional debido a su estado de salud, tiene derecho a una estabilidad laboral reforzada para garantizar una verdadera igualdad en el trabajo.
3️⃣ La tutela es el mecanismo adecuado para proteger sus derechos de manera transitoria.
⚖️ En el caso concreto: ⚖️
La Corte concluyó que la entidad vulneró los derechos de Laura a la salud, vida digna, trabajo, seguridad social, dignidad humana y la estabilidad laboral reforzada. Esto porque la entidad:
• Sabía de la delicada condición de salud de Laura, pero aún así decidió no renovarle el contrato cuando su estado empeoró.
• No cumplió con el requisito legal de obtener la autorización del inspector de trabajo antes de desvincularla.
📝 Del Salvamento de Voto:
La magistrada Natalia Ángel Cabo opinó que el amparo debía ser definitivo, ordenando el reintegro de Laura, el pago de los salarios no percibidos y una indemnización, ya que el proceso ordinario no era eficaz en este caso.
👏 ¡Una victoria importante para Laura y su derecho a un trato justo y digno en el trabajo!
🔎🔎Corte Constitucional Sentencia T-208 de 2024.
✏️📖👩🏼⚖️🤓Nota de relatoría elaborada y difundida por el equipo del Despacho de la doctora María Victoria Quiñones Triana, magistrada del Tribunal Administrativo del Magdalena con apoyo de IA Copilot.