CORTE HACE LLAMADO A COLPENSIONES PARA PROTECCIÓN ESPECIAL A PERSONAS CON ENFERMEDADES CRÓNICAS, DEGENERATIVAS O CONGÉNITAS QUE SOLICITAN UNA SUSTITUCIÓN PENSIONAL

2022-07-01T00:00:00.000Z

La Corte Constitucional, en sentencia T-202 de 2022 hizo un llamado a la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) para que cumpla con la obligación de prestar protección especial a las personas que se encuentran en situación de discapacidad, lo que incluye el examen integral de la historia clínica del peticionario que padece una enfermedad degenerativa, crónica y congénita en las solicitudes de sustitución pensional. La advertencia se hace al fallar una tutela a favor de una ciudadana diagnosticada con esquizofrenia paranoide desde el 2014, a quien Colpensiones le negó el reconocimiento y pago de la sustitución pensional de su padre como hija en situación de invalidez. La entidad demandada argumentó que el derecho a la sustitución pensional procede cuando la pérdida de capacidad laboral (PCL) es anterior al fallecimiento del causante, circunstancia que en este caso no se acreditó porque la fecha de estructuración se determinó el 4 de febrero de 2019 y su padre murió dos días antes. La Sala Sexta de Revisión, recordó que, de acuerdo con la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas Relacionados con la Salud de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el enfoque social de la discapacidad, los trastornos esquizofrénicos se caracterizan en general por distorsiones del pensamiento y de la percepción que a menudo se acompañan con delirios y alucinaciones de carácter progresivo. Por ello, dicha situación determina la importancia de valorar su desarrollo y transcurso en el tiempo, dado que con los años pueden desarrollarse graves problemas que repercuten paulatinamente en su capacidad laboral. Con el expediente de tutela se probó que, al momento de fallecer el pensionado, la actora ya era una persona en condición de invalidez y, por lo tanto, se encontraba materialmente imposibilitada para trabajar. La historia clínica demostró que era una enfermedad por la cual hubo consultas desde noviembre de 2013 y diagnosticada para el año 2014 que impactó su vida diaria y actividades ocupacionales, al punto que requirió acompañamiento permanente y varias hospitalizaciones reconocidas por Colpensiones. El fallo dejó sin efectos la resolución de Colpensiones que negó la sustitución pensional a la ciudadana y le dio 10 días para reconocerla y pagarla, con el retroactivo al que haya lugar. Procedió a prevenir a la entidad para que en lo sucesivo cumpla la obligación de prestar la protección especial a las personas que se encuentran en situación de discapacidad, lo que incluye el examen integral de la historia clínica del peticionario que padece una enfermedad degenerativa, crónica y congénita en las solicitudes de sustitución pensional. Tomado del portal web de noticias de la Corte Constitucional. Corte Constitucional. Sala Sexta de Revisión de Tutelas. Sentencia T-202 del 9 de junio de 2022. M.P.: Gloria Stella Ortiz Delgado. Ref.: Expediente T-8.556.926. Actor: Alina Claudia Ortega Taborda.
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