CORTE PROTEGE PENSIÓN DE INVALIDEZ SUSPENDIDA A EXPOLICÍA EN EL EXTRANJERO

2025-08-25T05:00:00.000Z

Resumen del caso:

Un expolicía pensionado por invalidez, residente en el extranjero y solicitante de asilo, interpuso acción de tutela contra la Policía Nacional. Alegó que la suspensión de su pensión de invalidez, ordenada por no acudir a la revisión médica trienal en Colombia, vulneraba sus derechos fundamentales, pues carecía de recursos para viajar y su salida pondría en riesgo el trámite de refugio y su seguridad personal.

Decisión de primera instancia:

El Juzgado Civil del Circuito amparó de manera transitoria los derechos al mínimo vital y vida digna. Ordenó reactivar el pago de la pensión y coordinar la práctica de los exámenes médicos en el país de residencia del accionante, a su propio costo.

Recurso de apelación:

La Policía Nacional impugnó el fallo, sosteniendo que el subsistema de salud de la institución es un régimen de excepción con alcance exclusivo en territorio nacional, lo que hacía imposible cumplir con la orden judicial.

Decisión de segunda instancia:

 

El Tribunal Superior de Distrito revocó la decisión y negó la tutela. Consideró que la entidad actuó conforme a la normatividad y que la situación de suspensión obedeció a la conducta del accionante.

 Consideraciones de la Corte Constitucional:

La Corte concluyó que la Policía Nacional vulneró los derechos del accionante al exigirle presencialidad absoluta, incurriendo en un exceso ritual manifiesto. Destacó que:

La pensión de invalidez es un derecho fundamental ligado al mínimo vital y a la vida digna.

La revisión médica trienal debe flexibilizarse en casos de imposibilidad física o geográfica.

El juez debe aplicar la excepción de inconstitucionalidad cuando la norma aplicada desconoce la Constitución.Es viable habilitar valoraciones médicas virtuales o a través de consulados.

 Decisión final

La Corte Constitucional revocó la decisión de segunda instancia y amparó los derechos al debido proceso, seguridad social, mínimo vital y dignidad humana. Ordenó restablecer el pago de la pensiónK

 de invalidez, cancelar las mesadas suspendidas y garantizar la práctica de exámenes de control médico sin exigir presencialidad en Colombia.

Glosario jurídico

Excepción de inconstitucionalidad: Herramienta judicial que permite inaplicar, en un caso específico, una norma contraria a la Constitución.

Principio de no devolución: Garantía del derecho internacional que impide enviar a un refugiado o solicitante de asilo a un país donde su vida o integridad estén en riesgo.

 

Datos del expediente :Sentencia T-139 de 2025. Expediente: T-10.580.243. Fecha: 24 de abril de 2025. Magistrada ponente: Cristina Pardo Schlesinger.

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