Problema jurídico: Para el
Tribunal el problema jurídico se contrae a determinar si la bonificación
judicial creada a través del Decreto 383 de 2013 es constitutiva de factor
salarial, y en ese sentido, si debe incluirse tal concepto en la liquidación de
las prestaciones sociales que perciba el servidor judicial.
Conclusión: Los
argumentos planteados por la demandada no lograron desvirtuar la tesis expuesta
por el juzgado de primera instancia, esto es, el carácter de factor salarial
que ostenta la bonificación judicial. Paralelo a ello, la contradicción entre
lo señalado en la Constitución Política y la ley en especial la Ley 4 de 1992
con el Decreto 383 de 2013 y los que posteriormente se expidieron es evidente,
de tal forma que se encuentra ajustada a derecho la inaplicación de algunas de
sus expresiones.
Decisión: Confirmar la sentencia de
fecha 28 de noviembre de 2024, proferida por el Juzgado 404 Administrativo
Transitorio del Circuito Judicial de Valledupar, a través de la cual se accede
parcialmente a las pretensiones de la demanda, por los motivos expuestos en
esta providencia.
Glosario jurídico:
Acto
administrativo: Decisión
unilateral de la administración con efectos jurídicos.
Bonificación
judicial: Asignación económica para
servidores judiciales, discutida entre incentivo y salario.
Factor salarial: Concepto que integra el salario para liquidar prestaciones.
Primacía de la realidad: Prevalece lo que ocurre en la práctica sobre la forma jurídica.
Restablecimiento del derecho: Reconocimiento de la situación jurídica vulnerada.
Datos de la sentencia: