DEBER DE LOS ABOGADOS DE REGISTRAR Y/O ACTUALIZAR SU CUENTA DE CORREO ELECTRÓNICO EN EL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS

2020-04-01T00:00:00.000Z

Consejo Superior de la Judicatura informa a los abogados inscritos en el Registro Nacional de Abogados que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 15 del artículo 28 de la Ley 1123 de 2007, todo profesional del derecho debe tener un domicilio profesional conocido, registrado y actualizado ante la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia y, para dar cumplimiento a las medidas adoptadas en el Acuerdo PCSJA20-1153 de 2020, deberán registrar y/o actualizar su cuenta de correo electrónico con el fin de facilitar el uso de las tecnologías de la información y la comunicación en sus gestiones ante los despachos judiciales.
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