EJECUCIÓN EXTRAJUDICIAL Y RESPONSABILIDAD DEL ESTADO: FALLA EN EL SERVICIO EN OPERATIVO MILITAR

2025-12-03T05:00:00.000Z

Resumen del caso: el señor Hugo Alberto Arango Galeano fue abatido por miembros del Ejército Nacional durante una operación militar en Anorí (Antioquia), el 27 de enero de 2007. Inicialmente, la autoridad presentó el hecho como una baja en combate, atribuyéndole vínculos con bandas criminales. Sin embargo, las pruebas demostraron que no existió enfrentamiento armado y que la víctima no disparó su arma. Sus familiares promovieron reparación directa contra la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, alegando ejecución extrajudicial y daño antijurídico.

Decisión de primera instancia: el Tribunal Administrativo de Antioquia declaró responsable a la Nación por falla en el servicio, al concluir que la muerte se produjo por disparos de armas oficiales en circunstancias que desvirtúan la versión de combate. Reconoció perjuicios morales (100 SMLMV para padres, compañera e hijos; 50 SMLMV para hermanas) y materiales por lucro cesante en favor de la compañera permanente y dos hijos.

Recursos de apelación:

  • Demandantes: Solicitaron aumentar la indemnización por perjuicios morales hasta 300 SMLMV, alegando que se trató de un “falso positivo”, grave violación a derechos humanos.
  • Demandada: Pidió revocar la sentencia, argumentando legítima defensa y conducta ilícita de la víctima.

CONSIDERACIONES DEL CONSEJO DE ESTADO:

Falla en el servicio y antijuridicidad del daño: la Sala confirmó que el hecho fue imputable al Estado, pues la muerte ocurrió por disparos de miembros del Ejército con armas oficiales, sin que existiera enfrentamiento real. La versión institucional quedó desvirtuada: en la escena solo se hallaron cartuchos calibre 5.56 (fusiles militares) y el revólver de la víctima conservaba su carga completa.

Gravedad del hecho y estándar constitucional: se trató de una ejecución extrajudicial, constitutiva de grave violación a derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario. El Estado, llamado a proteger la vida, incurrió en una conducta que intensificó el dolor de los familiares, lo que justifica superar los topes ordinarios de indemnización por perjuicios morales.

Perjuicios morales y regla excepcional: en casos de violaciones graves, la jurisprudencia permite triplicar los baremos. La Sala aplicó esta excepción y aumentó las indemnizaciones, sin exceder el límite máximo.

Decisión del Consejo de Estado:

  • Confirma la responsabilidad extracontractual del Estado por falla en el servicio.
  • Aumenta los perjuicios morales aplicando la norma excepcional.

Glosario jurídico:

  1. Falla en el servicio: actuación irregular de la administración que genera daño antijurídico imputable al Estado.
  2. Ejecución extrajudicial: privación arbitraria de la vida por agentes estatales, prohibida por normas internas e internacionales.
  3. Daño antijurídico: afectación que la persona no está obligada a soportar, fundamento de la responsabilidad estatal.

Consejo de Estado — Sección Tercera, Subsección B. Magistrado Ponente: Diego Enrique Franco Victoria. Fecha: 17 de octubre de 2025. Radicado: 05001-23-31-000-2009-00158-01 (63927). Medio de control: Reparación directa. Asunto: Responsabilidad del Estado por ejecución extrajudicial.

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