El DANE es la entidad encargada de determinar el requisito poblacional para el porcentaje o sobretasa del impuesto predial.

2019-08-01T00:00:00.000Z

La Sección Cuarta decidió el medio de control de nulidad promovido contra un aparte del artículo 9 del Decreto 1339 de 1994, que reglamenta el porcentaje del impuesto predial para los municipios de más de un millón de habitantes, de acuerdo con los datos del último censo registrado en el DANE.
Se indicó que la reglamentación resulta concordante con las competencias legales otorgadas al DANE, que la establecen como la entidad oficial encargada de informar de manera veraz e imparcial los censos de la población y económicos que requiera el país.
Agregando que, en ningún caso puede considerarse contrario o por fuera de la ley que el índice poblacional exigido, se realice con fundamento en datos veraces y oficiales, como son los emitidos por el DANE.
CONSEJO DE ESTADO. SECCIÓN CUARTA. CONSEJERO PONENTE: JORGE OCTAVIO RAMÍREZ RAMÍREZ. Sentencia de fecha 27 de junio de 2019. Radicación: 11001-03-27-000-2012-00068-00 (19845).
Categorías del artículo

Archivos