EL TRIBUNAL DEL MAGDALENA DETERMINA QUE EL DEPARTAMENTO DEBE ASUMIR LA MULTA POR EL RETRASO EN EL PAGO DE LAS CESANTÍAS A UNA DOCENTE

2026-02-25T05:00:00.000Z

Problema jurídico: Este cuerpo colegiado en el presente caso debe establecer a qué entidad le corresponde asumir el pago de la sanción moratoria, esto es, si al Fomag o a la entidad territorial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 1955 de 2019, teniendo en cuenta que tanto la petición de cesantías como el acto que ordena su reconocimiento y pago se expidió en vigencia de la referida normativa.

Conclusión: Por todas las razones expuestas, se modificará el numeral cuarto de la sentencia proferida por el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Santa Marta que resolvió acceder parcialmente a las pretensiones de la demanda y condenó al Ministerio de Educación Nacional - Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio, y en su lugar condenar al Departamento del Magdalena.

Lo anterior, por cuanto se concluyó por parte de este Tribunal que, las pruebas que obran en el expediente en relación con el trámite de reconocimiento de cesantías, permiten demostrar que el incumplimiento se generó por las actuaciones de la entidad territorial, con fundamento en el análisis de la trazabilidad del procedimiento interno como lo describe el artículo 2.4.4.2.3.2.25. del Decreto 1272 de 2018.

Decisión: Modificar el numeral cuarto de la sentencia anticipada del 9 de septiembre de 2024, proferida por el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Santa Marta, por medio de la cual se accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda

Glosario:

Acto Administrativo de Reconocimiento: Es el documento oficial (resolución) donde la entidad admite que el trabajador tiene derecho a recibir sus cesantías y fija el monto exacto.

Ejecutoriedad: Momento en que una decisión judicial o administrativa queda en firme y es de obligatorio cumplimiento porque ya no admite más recursos.

Términos de Gracia: Plazo adicional de 45 días hábiles que la ley le da a las entidades para hacer el pago efectivo una vez que el derecho ha sido reconocido.

Sanción Moratoria: Es una indemnización o "multa" diaria que el empleador debe pagar al trabajador cuando no le entrega sus cesantías dentro de los plazos que dicta la ley.

Cesantías Parciales: Dinero que el trabajador ahorra y que puede retirar antes de pensionarse para fines específicos como compra de vivienda o estudios.

Datos de la sentencia

Sentencia de segunda instancia

  • Magistrada Ponente: María Victoria Quiñones Triana
  • Fecha: veintisiete (27) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024)
  • Radicación: 47-001-3333-005-2022-00321-01
  • Medio de control: Nulidad y restablecimiento del derecho
  • Asunto: Reconocimiento y pago sanción moratoria L. 244/95 y L. 1071/06 por pago tardío cesantías parciales

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Equipo Despacho 01

Tribunal Administrativo del Magdalena

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