ESTABILIDAD DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS DE RECONOCIMIENTO PENSIONAL Y LIMITACIONES AL RECOBRO DE PRESTACIONES POR APLICACIÓN DE TOPES LEGALES

2026-02-25T05:00:00.000Z

Problema jurídico: Determinar si los actos administrativos mediante los cuales Colpensiones reliquidó la pensión de vejez del señor José Antonio Camargo Rodríguez se ajustaron a la legalidad, o si, por el contrario, vulneraron el ordenamiento jurídico al haber omitido la aplicación del tope máximo pensional de quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes establecido en la Ley 71 de 1988 y la Ley 100 de 1993.

Conclusión: El Tribunal resolvió confirmar la sentencia de primera instancia que negó las pretensiones de Colpensiones. Se concluyó que el pensionado tenía un derecho adquirido bajo el régimen de transición y que la entidad no logró demostrar que el cálculo realizado en su momento fuera ilegal o que desconociera los topes vigentes al tiempo del reconocimiento, protegiendo así la seguridad jurídica y los derechos del administrado frente a la propia administración que pretendía anular sus propios actos.

Decisión: CONFIRMAR la sentencia de fecha 18 de diciembre de 2023, proferida por el Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Santa Marta, por medio de la cual se declaró probadas las excepciones de “falta de causa para demandar” y “falta de los requisitos para que se declare la nulidad del acto demandado”.

Glosario:

Cómputo de Semanas: Verificación técnica de la densidad de cotizaciones realizadas al sistema de seguridad social para determinar la tasa de reemplazo de la pensión.

Derecho Adquirido: Situación jurídica consolidada que ha ingresado al patrimonio del ciudadano y que goza de protección constitucional frente a cambios legislativos posteriores.

Fuerza Ejecutoria: Cualidad de los actos de la administración que los hace obligatorios y exigibles mientras no sean anulados por la jurisdicción contenciosa.

Indexación de la Mesada: Actualización financiera del valor de la pensión para corregir la pérdida de capacidad de compra debido a la inflación acumulada.

Ius Variandi Administrativo: Límite a la facultad de la entidad pública para modificar unilateralmente situaciones jurídicas particulares que ya han creado derechos en favor de terceros.

Datos de la sentencia

  • Sentencia de segunda instancia
  • Magistrada Ponente: María Victoria Quiñones Triana
  • Fecha: veintiséis (26) de febrero de dos mil veinticinco (2025)
  • Radicación: 47001333300720170028501
  • Medio de control: Nulidad y restablecimiento del derecho
  • Asunto: Acción de lesividad / Reliquidación de pensión de vejez conforme al régimen de transición (Ley 100 de 1993) / Aplicación de los topes pensionales de la Ley 71 de 1988

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Equipo Despacho 01

Tribunal Administrativo del Magdalena

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