Problema
jurídico: Determinar
si los actos administrativos mediante los cuales Colpensiones reliquidó la pensión de vejez del señor José Antonio
Camargo Rodríguez se ajustaron a la legalidad, o si, por el contrario,
vulneraron el ordenamiento jurídico al haber omitido la aplicación del tope
máximo pensional de quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes
establecido en la Ley 71 de 1988 y la Ley 100 de 1993.
Conclusión:
El Tribunal resolvió confirmar la sentencia de primera instancia que negó las pretensiones de
Colpensiones. Se concluyó que el pensionado tenía un derecho adquirido
bajo el régimen de transición y que la entidad no logró demostrar que el
cálculo realizado en su momento fuera ilegal o que desconociera los topes
vigentes al tiempo del reconocimiento, protegiendo así la seguridad jurídica y
los derechos del administrado frente a la propia administración que pretendía
anular sus propios actos.
Decisión:
CONFIRMAR la sentencia de fecha 18 de diciembre de 2023, proferida por el
Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Santa Marta, por medio de la cual
se declaró probadas las excepciones de “falta de causa para demandar” y “falta
de los requisitos para que se declare la nulidad del acto demandado”.
Glosario:
Cómputo de Semanas: Verificación técnica de la densidad de cotizaciones
realizadas al sistema de seguridad social para determinar la tasa de reemplazo
de la pensión.
Derecho Adquirido:
Situación jurídica consolidada que ha ingresado al patrimonio del ciudadano y
que goza de protección constitucional frente a cambios legislativos
posteriores.
Fuerza Ejecutoria:
Cualidad de los actos de la administración que los hace obligatorios y
exigibles mientras no sean anulados por la jurisdicción contenciosa.
Indexación de la Mesada: Actualización financiera del valor de la pensión para
corregir la pérdida de capacidad de compra debido a la inflación acumulada.
Ius Variandi Administrativo: Límite a la facultad de la entidad pública para modificar unilateralmente situaciones jurídicas particulares que ya han creado derechos en favor de terceros.
Datos de
la sentencia
Desde Santa Marta, fortaleciendo el conocimiento
jurídico
Equipo Despacho 01
Tribunal Administrativo del Magdalena