Importantes precisiones sobre el principio de equilibrio económico del contrato
2020-02-01T00:00:00.000Z
El principio de equilibrio económico del contrato tiene una función que orienta la interpretación de las cláusulas, según el Consejo de Estado. Así, ante disposiciones contractuales poco claras, incompletas o confusas se debe privilegiar aquella interpretación que garantice la equivalencia entre obligaciones y derechos de las partes. Por otro lado, la Sección Tercera indicó que, en el marco de la contratación pública, la prueba del daño no está sometida a tarifa legal, pero el contratista tiene mayor carga probatoria, pues debe acreditar el mayor gasto en la ejecución del negocio jurídico, con sus respectivos soportes y registros contables. Finalmente, la providencia estableció que cuando un contratista presta su autonomía de la voluntad y adquiere una obligación, posteriormente no puede desconocerla, ya que es un actuar contrario al principio de buena fe.
Providencia del 12 de diciembre de 2019, radicación número: 250002326000200900858 01 (60.558), consejera ponente: Marta Nubla Velásquez Rico (Ver providencia aquí)
(Nota de relatoría tomada del portal web LEGISmóvil y difundida por el Despacho de la magistrada María Victoria Quiñones Triana y su equipo de trabajo del Tribunal Administrativo del Magdalena: "Desde Santa Marta fortaleciendo el conocimiento jurídico")