Problema
jurídico: Este
cuerpo colegiado en el presente caso debe establecer de acuerdo con los
fundamentos de la apelación incoada por la parte actora, si para los años 2008,
2009 y 2011 el reajuste salarial de los docentes se efectuó desconociendo el
derecho a la igualdad y los artículos 46 y 49 del estatuto docente.
Conclusión:
En conclusión, los incrementos salariales
diferenciados aplicados por el Gobierno Nacional a los docentes en los años
2008, 2009 y 2011 se encuentran amparados por la facultad legal establecida en
la Ley 4 de 1992 y desarrollada en el Decreto Ley 1278 de 2002, en concordancia
con los principios del estatuto docente.
Dichas medidas, lejos de ser arbitrarias, responden a
criterios objetivos como el grado y nivel escalafonario, los cuales se
determinan según la formación, experiencia y desempeño profesional del
educador. Bajo ese entendido, no se acreditó que estas diferencias
constituyeran una vulneración al derecho a la igualdad ni al trabajo, pues se
trata de situaciones jurídicas no comparables. En consecuencia, el tratamiento
salarial diferenciado resulta legítimo y constitucional, siendo procedente
confirmar la decisión de primera instancia que negó las pretensiones del actor.
Decisión:
Confirmar la sentencia del 25 de febrero de 2025 proferida por el Juzgado
Séptimo Administrativo del Circuito de Santa Marta, que negó las pretensiones
de la demanda, conforme a las razones expuestas previamente.
Glosario:
Estatuto de Profesionalización Docente:
Régimen especial (Decreto 1278 de 2002) que regula el ingreso, permanencia,
ascenso y retiro de los docentes, fundamentado en el mérito y la evaluación
permanente.
Legalidad Presunta: Principio
por el cual los actos del Ministerio de Educación y la Gobernación se
consideran ajustados a derecho mientras el interesado no logre probar su
invalidez ante un juez.
Mérito como Criterio Rector:
Principio constitucional que rige la función pública, según el cual el acceso y
la mejora en las condiciones laborales del Estado dependen de las capacidades y
resultados del servidor, no de la simple antigüedad.
Nulidad y Restablecimiento del Derecho: Medio de control judicial utilizado para atacar actos administrativos y solicitar que se reparen los perjuicios económicos (en este caso, los salarios dejados de percibir).
Datos de
la sentencia
Desde Santa Marta, fortaleciendo el conocimiento
jurídico
Equipo Despacho 01
Tribunal Administrativo del Magdalena