LA BONIFICACIÓN JUDICIAL EN JUICIO: ENTRE DECRETOS, DERECHOS, Y PRESCRIPCIÓN

2026-02-24T05:00:00.000Z

PROBLEMA JURIDICO: Para el Tribunal el problema jurídico se contrae a determinar si la bonificación judicial creada a través del Decreto 383 de 2013 es constitutiva de factor salarial, y en ese sentido, si debe incluirse tal concepto en la liquidación de las prestaciones sociales que perciba el servidor judicial.

CONCLUSIÓN: Los argumentos planteados por la demandada no lograron desvirtuar la tesis expuesta por el juzgador de primera instancia, esto es, el carácter de factor salarial que ostenta la bonificación judicial. Paralelo a ello, la contradicción entre lo señalado en la Constitución Política y la ley – en especial la Ley 4 de 1992 – con el Decreto 383 de 2013 – y los que posteriormente se expidieron - es evidente, de tal forma que se encuentra ajustada a derecho la inaplicación de algunas de sus expresiones. 

DECISIÓN: Confirmar la sentencia del 27 de agosto de 2024 proferida por el Juzgado 404 Administrativo Transitorio del Circuito Judicial de Valledupar, por medio de la cual se accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda, por los motivos expuestos en esta providencia.

  • Bonificación Judicial: Pago mensual creado por el Decreto 383 de 2013 para servidores de la Rama Judicial. Su carácter salarial es el centro del debate, pues la norma lo limita solo a pensiones y salud, mientras los demandantes reclaman su inclusión en todas las prestaciones sociales.

  • Acto Ficto: Presunción legal de negativa administrativa cuando una autoridad no responde un recurso en el plazo establecido. En este caso, se configuró al no resolver la apelación contra el oficio que negó la bonificación.

  • Excepción de Inconstitucionalidad Relativa: Mecanismo que permite inaplicar expresiones normativas específicas en un caso concreto, sin anular la norma en general. Se utilizó para cuestionar la expresión “únicamente” del Decreto 383 de 2013.

  • Prescripción Trienal Laboral: Límite de tres años para reclamar derechos laborales. En este proceso, fue decisiva para restringir el reconocimiento de prestaciones anteriores a 2018.

  • Principio de Progresividad: Mandato constitucional que exige que los derechos laborales avancen y no retrocedan. Fue invocado para sostener que excluir la bonificación judicial de las prestaciones sociales desmejora la remuneración y vulnera derechos adquiridos.

  • DATOS DE LA SENTENCIA:
    Tribunal Administrativo del Magdalena - Despacho 01
    Magistrado ponente: María Victoria Quiñones Triana
    Fecha: dieciocho (18) de junio de dos mil veinticinco (2025)
    Radicación: 47001333300720230027401
    Medio de control: Nulidad y Restablecimiento del derecho
    Asunto: Bonificación judicial / Decreto 383 de 2013 / servidor Rama Judicial / confirma

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    Equipo Despacho 01
    Tribunal Administrativo del Magdalena 
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