LA PREVALENCIA DEL RÉGIMEN ESTATUTARIO DOCENTE: VALIDACIÓN JUDICIAL DE LAS ASIGNACIONES DIFERENCIADAS POR FORMACIÓN ACADÉMICA Y MÉRITO

2026-02-26T05:00:00.000Z

Problema jurídico: Este cuerpo colegiado en el presente caso debe establecer de acuerdo con los fundamentos de la apelación incoada por la parte actora, si para los años 2008, 2009 y 2011 el reajuste salarial de los docentes se efectuó desconociendo el derecho a la igualdad y los artículos 46 y 49 del estatuto docente.

Conclusión: En conclusión, los incrementos salariales diferenciados aplicados por el Gobierno Nacional a los docentes en los años 2008, 2009 y 2011 se encuentran amparados por la facultad legal establecida en la Ley 4 de 1992 y desarrollada en el Decreto Ley 1278 de 2002, en concordancia con los principios del estatuto docente.

Dichas medidas, lejos de ser arbitrarias, responden a criterios objetivos como el grado y nivel escalafonario, los cuales se determinan según la formación, experiencia y desempeño profesional del educador. Bajo ese entendido, no se acreditó que estas diferencias constituyeran una vulneración al derecho a la igualdad ni al trabajo, pues se trata de situaciones jurídicas no comparables. En consecuencia, el tratamiento salarial diferenciado resulta legítimo y constitucional, siendo procedente confirmar la decisión de primera instancia que negó las pretensiones del actor.

Decisión: Confirmar la sentencia del 13 de marzo de 2025 proferida por el Juzgado Décimo Administrativo del Circuito de Santa Marta, que negó las pretensiones de la demanda, conforme a las razones expuestas previamente.

Glosario:

Preclusividad: Carácter de las etapas procesales que impide el retroceso a fases ya superadas. Una vez clausurado un estadio del juicio (como el periodo probatorio), el derecho de las partes para actuar en él se extingue definitivamente.

 Ratio Decidendi: Es la "razón para decidir". Se refiere a la parte de la sentencia donde se establece la regla jurídica que fundamenta la decisión y que constituye el precedente obligatorio para casos futuros.

Responsabilidad In Solidum (Solidaridad): Obligación donde dos o más entidades deben responder por la totalidad de una deuda o condena, permitiendo al acreedor cobrarle a cualquiera de ellas sin que estas puedan "pasarse la pelota" entre sí.

Silencio Administrativo Negativo: Ficción legal en virtud de la cual, ante la inacción u omisión de la administración por un tiempo determinado, la ley presume una respuesta denegatoria para permitir al ciudadano acudir a la justicia.

Ultraactividad de la Ley: Fenómeno jurídico en el cual una norma ya derogada o que ha perdido su vigencia sigue aplicándose a hechos que ocurrieron mientras ella estaba vigente (muy común en regímenes de transición de pensiones).

Datos de la sentencia

  • Sentencia de segunda instancia
  • Magistrada Ponente: María Victoria Quiñones Triana
  • Fecha: veinticinco (25) de junio de dos mil veinticinco (2025)
  • Radicación:47001333301020240022201
  • Medio de control: Nulidad y restablecimiento del derecho
  • Asunto: Incremento salarial/ escalafón docente/ Decreto 1278 de 2002/ principio a trabajo igual salario igual/ niega.

Desde Santa Marta, fortaleciendo el conocimiento jurídico

Equipo Despacho 01

Tribunal Administrativo del Magdalena

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