LA SUPREMACÍA DEL RÉGIMEN DE CARRERA DOCENTE: LEGALIDAD DE LAS ASIGNACIONES DIFERENCIADAS POR FORMACIÓN ACADÉMICA Y MÉRITO

2026-02-26T05:00:00.000Z

Problema jurídico: Este cuerpo colegiado en el presente caso debe establecer de acuerdo con los fundamentos de la apelación incoada por la parte actora, si para el año 2008 y 2009 el reajuste salarial de los docentes se efectuó desconociendo el derecho a la igualdad y los artículos 46 y 49 del estatuto docente.

Conclusión: En conclusión, los incrementos salariales diferenciados aplicados por el Gobierno Nacional a los docentes en los años 2008, 2009 y 2011 se encuentran amparados por la facultad legal establecida en la Ley 4 de 1992 y desarrollada en el Decreto Ley 1278 de 2002, en concordancia con los principios del estatuto docente.

Decisión: Confirmar la sentencia proferida el 28 de abril de 2025 por el Juzgado Décimo Administrativo de Santa Marta, que negó las pretensiones de la demanda, conforme a las razones expuestas previamente.

Glosario:

Acto Administrativo Reglado: Es una decisión de la autoridad que no permite interpretaciones caprichosas; la ley dice exactamente qué requisitos deben cumplirse. En este caso, el sueldo depende estrictamente de lo que diga el escalafón.

Criterios Objetivos de Diferenciación: Son las razones legales (como tener una maestría o doctorado) que permiten que un profesor gane más que otro. Esto evita que el trato se considere discriminatorio o injusto.

Estatuto de Profesionalización Docente: Es el conjunto de normas (Decreto 1278) que rige a los nuevos maestros, donde el sueldo no sube solo por el paso del tiempo, sino por la preparación y los resultados en las evaluaciones.

Igualdad Material: Principio que indica que la verdadera igualdad consiste en tratar igual a quienes están en la misma situación y diferente a quienes tienen méritos o estudios distintos.

Datos de la sentencia

  • Sentencia de segunda instancia
  • Magistrada Ponente: María Victoria Quiñones Triana
  • Fecha: treinta (30) de julio de dos mil veinticinco (2025)
  • Radicación: 47001333301020240021101
  • Medio de control: Nulidad y restablecimiento del derecho
  • Asunto: Incremento salarial docente según grado del escalafón. Se confirma la decisión apelada que negó las pretensiones de la demanda, al considerar que los incrementos salariales diferenciados se basaron en criterios objetivos como formación y nivel escalafonario, sin demostrarse vulneración de los derechos a la igualdad o al trabajo.

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Equipo Despacho 01

Tribunal Administrativo del Magdalena

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