Medio de control procedente para reclamar acreencias en proceso de liquidación.
2018-03-01T00:00:00.000Z
Magdalena: “Desde Santa Marta fortaleciendo el conocimiento jurídico.
Este pronunciamiento del Consejo de Estado aclara el medio de control adecuado para impugnar decisiones relacionadas con la liquidación de entidades públicas. En casos donde se rechazan créditos durante este proceso, el medio idóneo es el de nulidad y restablecimiento del derecho, según lo establecido en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
El Consejo de Estado argumenta que, aunque el objetivo no sea impugnar la nulidad de los actos administrativos relacionados con la graduación y calificación de los créditos, el daño reclamado se relaciona con el impago de facturas sujetas a glosas dentro del proceso de liquidación.
Por lo tanto, este fallo aclara el camino procesal que deben seguir aquellos que buscan impugnar decisiones tomadas durante la liquidación de entidades públicas, contribuyendo así a la claridad y eficacia del sistema judicial en estos casos específicos.
Consejo de Estado. Subsección Tercera. Subsección A. C.P. Marta Nubia Velásquez Rico. Sentencia de 26 de abril de 2017. Exp (47651). Nota de relatoría extraída de la providencia remitida y difundida por el Despacho de la Magistrada María Victoria Quiñones Triana y su equipo de trabajo del Tribunal Administrativo del Magdalena: “Desde Santa Marta fortaleciendo el conocimiento jurídico.