Municipios y entidades prestadoras del servicio público son responsables de asegurar la prestación eficiente y solucionar las necesidades insatisfechas/Carácter persuasivo del incidente de desacato, se persigue el cumplimiento de la orden

2018-02-01T00:00:00.000Z

El Consejo de Estado expuso que, en materia del responsable en la prestación de servicios públicos, ha sido reiterada y uniforme la Corporación en señalar que, la misma puede realizarse directamente por el municipio, o a través de entidades prestadoras del servicio de acueducto, entre otras; pero ello no exime de responsabilidad al ente territorial en su deber de asegurar la prestación eficiente de los servicios públicos y solucionar las necesidades insatisfechas de salud, saneamiento ambiental, agua potable y servicios públicos domiciliarios. Recordó que, en los eventos en que la prestación del servicio público está a cargo de una empresa, la responsabilidad también se traslada a esta última y, por tanto, el municipio ejerce un control de tutela sobre ella.
También reiteró que desde auto del 28 de julio de 2016 se rectificó la posición de sancionar a una persona que ya no fungía como destinatario de la orden de amparo y, en su lugar, consideró que, en atención a que el incidente de desacato tiene un carácter persuasivo y, por tanto, su finalidad no es la imposición de una sanción en sí misma, sino perseguir el cumplimiento de la orden, no resultaría congruente sancionar a quienes ya no representan la persona jurídica destinataria de la orden judicial, pues, debido a su separación del cargo, ya no tienen la posibilidad real y cierta de efectuar todas las actuaciones tendientes a efectivizar la orden de amparo y, en consecuencia, no se cumpliría con la finalidad del incidente.
CONSEJO DE ESTADO. SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN PRIMERA. Consejera ponente: MARÍA ELIZABETH GARCÍA GONZÁLEZ. Auto de fecha veintitrés (23) de junio de dos mil diecisiete (2017). Radicación número: 52001-23-33-000-2000-00132-01(AP)A. (Relatoría Despacho 01 Tribunal, 'Desde el Magdalena fortaleciendo el conocimiento jurídico')
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