NATURALEZA PRESTACIONAL DE LA BONIFICACIÓN JUDICIAL: CONFIRMACIÓN DEL CARÁCTER SALARIAL Y PROTECCIÓN DE LA IGUALDAD EN LA FGN.

2026-02-26T05:00:00.000Z

Problema jurídico: Para el Tribunal el problema jurídico se contrae a determinar si la bonificación judicial creada a través del Decreto 382 de 2013 es constitutiva de factor salarial, y en ese sentido, si debe incluirse tal concepto en la liquidación de las prestaciones sociales que perciba el servidor judicial.

Conclusión: Se confirmará la sentencia apelada porque no logró desvirtuar la tesis expuesta por el juzgado de primera instancia, esto es, el carácter de factor salarial que ostenta la bonificación judicial. Paralelo a ello, la contradicción entre lo señalado en la Constitución Política y la ley – en especial la Ley 4 de 1992 – con el Decreto 382 de 2013 era evidente, de tal forma que era ajustada a derecho la inaplicación de algunas de sus expresiones. expedido el acto administrativo de reconocimiento por fuera del término para ello.

Decisión: Aceptar el impedimento manifestado por la doctora Elsa Mireya Reyes Castellanos y, en consecuencia, separarla del conocimiento del asunto de la referencia. Segundo. Confirmar la sentencia del 31 de julio de 2024 proferida por el Juzgado 404 Administrativo Transitorio del Circuito Judicial de Valledupar, por medio de la cual se accede parcialmente a las pretensiones de la demanda.

Glosario jurídico:

Bonificación Judicial: Emolumento mensual creado por el Decreto 382 de 2013 (para Fiscalía) que busca nivelar la remuneración de los servidores frente a otros regímenes, y que el Tribunal reconoce como parte del salario.

Factor Salarial: Calidad de un pago que, al ser habitual y retributivo del servicio, debe integrarse a la base de liquidación de todas las prestaciones sociales (cesantías, primas, vacaciones).

Excepción de Inconstitucionalidad: Acto judicial de Inaplicar el parágrafo del artículo 3º del decreto reglamentario por ser contrario a los principios constitucionales de igualdad y favorabilidad laboral.

Datos de la sentencia:

  • Tribunal Administrativo del Magdalena -Despacho 01
  • Sentencia de segunda instancia.
  • Fecha: Magistrada ponente: María Victoria Quiñones Triana.
  • Radicación: 47-001-3333-006-2018-00395-02
  • Medio de control: Nulidad y restablecimiento del derecho.
  • Asunto: Bonificación judicial.

Desde Santa Marta, fortaleciendo el conocimiento jurídico Equipo Despacho 01 Tribunal Administrativo del Magdalena.
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