NO ES POSIBLE SACAR CONCLUSIONES SOBRE TEMAS MÉDICOS CONTRASTANDO LAS PRUEBAS CON INFORMACIÓN DE INTERNET
2021-02-01T00:00:00.000Z
La Corte Suprema de Justicia, a través de un fallo sobre responsabilidad médica del 18 de diciembre de 2020, no casó una sentencia de segunda instancia que negó las pretensiones de la demandante, al considerar que en el caso no se observaban todos los elementos necesarios para estructurar la responsabilidad de la EPS demandada.
Sin embargo, el análisis principal de la sentencia se basó en cuestionar la forma como el tribunal de segunda instancia realizó el análisis probatorio dentro del proceso. La Corte se pronunció respecto a la débil valoración que hizo el tribunal de un dictamen pericial que obró en el expediente y al hecho de que se hubieran contrastado pruebas sobre temas médicos con información de internet con el objetivo de sacar conclusiones y tomar una decisión en el caso.
En este sentido, la sentencia detalla la forma y los criterios que se deben tener en cuenta para hacer un adecuado análisis de los dictámenes periciales a partir de la ley, la jurisprudencia, la doctrina y el derecho comparado. Al respecto concluyó que en el caso concreto:
“El Tribunal, en una afrenta a las reglas de contradicción y defensa, realizó juicios de valor respecto de elementos no incorporados debidamente al litigio. La decisión, además, muestra total desidia en aplicar criterios de racionalidad mínimos a la hora de evaluar el conocimiento experto. La ausencia de un razonamiento probatorio serio atenta sensiblemente al respeto de los jueces por la ciencia. Se permite el ingreso al proceso de un conocimiento del que no se sabe su validez, su vigencia ni su aplicabilidad a los hechos del caso, adulterando las reglas que rigen las pruebas por expertos, al edificarse en informaciones de dudosa procedencia”.
(CSJ Sala Civil, Sentencia SC-51862020 (47001310300420160020401), M. P. Luis Armando Tolosa Villabona)