El Gobierno
Nacional expidió el Decreto 1092 del 16 de octubre de 2025, mediante el cual
reajustó en un 7% la asignación mensual de los miembros del Congreso de la
República. La medida tiene efectos fiscales a partir del 10 de enero de 2025 y
reemplaza el Decreto 550 de 2024.
El reajuste
se adoptó con base en la certificación expedida por la Contraloría General de
la República el 16 de junio de 2025, que fijó en 7% el promedio ponderado de
los cambios salariales en la administración central nacional. Dicho porcentaje
constituye el parámetro técnico y obligatorio que, según el artículo 187 de la
Constitución Política y la Ley 644 de 2001, debe aplicar el Ejecutivo para
actualizar la remuneración de los congresistas.
El texto,
suscrito por el Presidente de la República, el Ministro de Hacienda y Crédito
Público y la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
dispone que las oficinas de pagaduría del Congreso certifiquen individualmente
los nuevos emolumentos que recibirán los congresistas durante la vigencia
fiscal de 2025.
Dato
jurídico:
El artículo
187 de la Constitución Política establece que la asignación de los congresistas
se reajusta cada año según el promedio ponderado del incremento salarial de los
servidores de la administración central. La Contraloría General de la República
emite la certificación respectiva, y el Gobierno Nacional la aplica mediante
decreto reglamentario, sin margen de discrecionalidad.
Referencia: Decreto 1092 del 16 de octubre de 2025 – Presidencia de la República – Departamento Administrativo de la Función Pública