PRIMACÍA DE LA REALIDAD LABORAL: LA BONIFICACIÓN JUDICIAL COMO FACTOR SALARIAL

2026-02-24T05:00:00.000Z

Problema jurídico: Para el Tribunal el problema jurídico se contrae a determinar si la bonificación judicial creada a través del Decreto 383 de 2013 es constitutiva de factor salarial, y en ese sentido, si debe incluirse tal concepto en la liquidación de las prestaciones sociales que perciba el servidor judicial.

Conclusión: Los argumentos planteados por la demandada no lograron desvirtuar la tesis expuesta por el juzgado de primera instancia, esto es, el carácter de factor salarial que ostenta la bonificación judicial. Paralelo a ello, la contradicción entre lo señalado en la Constitución Política y la ley – en especial la Ley 4 de 1992 – con el Decreto 383 de 2013 – y los que posteriormente se expidieron - es evidente, de tal forma que se encuentra ajustada a derecho la inaplicación de algunas de sus expresiones.

Decisión: la sentencia del 26 de octubre de 2023 proferida por el Juzgado 401 Administrativo Transitorio del Circuito Judicial de Santa Marta, por medio de la cual se accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda, por los motivos expuestos en esta providencia.

Glosario jurídico:

Bonificación judicial: Emolumento creado por el Decreto 383 de 2013, reconocido mensualmente a servidores de la Rama Judicial, cuya naturaleza salarial fue objeto de debate judicial.

Excepción de inconstitucionalidad: Facultad del juez para Inaplicar, en el caso concreto, una norma inferior contraria a la Constitución, con efectos inter partes.

Factor salarial: Concepto que integra la base de liquidación de prestaciones cuando constituye retribución directa, habitual y periódica del servicio.

Prescripción trienal: Extinción del derecho a reclamar acreencias laborales causadas con más de tres años de anterioridad a la reclamación.

Datos de la sentencia:

  • Tribunal Administrativo del Magdalena -Despacho 01
  • Sentencia de segunda instancia.
  • Fecha: Magistrada ponente: María Victoria Quiñones Triana.
  • Radicación: 47001333300420220029201
  • Medio de control: Nulidad y restablecimiento del derecho.
  • Asunto: Bonificación judicial.

Desde Santa Marta, fortaleciendo el conocimiento jurídico Equipo Despacho 01 Tribunal Administrativo del Magdalena.

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