RAD. 2015-00077, REPARACION DIRECTA. MARIA CRISTINA VELEZ y OTROS vs EJERCITO NACIONAL.
Reconocimiento de personeria juridica, control de legalidad, excepciones previas, fijacion del litigio, decreto de pruebas documentales, audiencia de pruebas, Prescindir de llevar a cabo audiencia de pruebas en el presente proceso en razón a que no existen pruebas que practicar. Una vez recaudada la prueba que se ha decretado de manera oficiosa, se correrá traslado de la misma mediante auto a fin de garantizar el principio de contradicción. Concluido lo anterior pase el expediente al despacho para disponer en relación a la celebración de la audiencia de alegaciones y juzgamiento.