Problema jurídico: Para el
Tribunal el problema jurídico se contrae a determinar si los actos
administrativos demandados violaron los principios de confianza legítima,
legalidad, supremacía normativa, buena fe, así como el debido proceso, por
cuanto se desconocieron unos actos administrativos de otras actuaciones en las
cuales no se aplicó el Mac por concluir su incompatibilidad con el Ace 59, con
base en el Memorando 211 de 2007 de la DIAN.
Para lo
anterior, se deberá analizar si para la liquidación y pago de aranceles en las
importaciones de maíz amarillo clasificado en la subpartida arancelaria
1005.90.11.00, originario de Argentina, realizadas por la sociedad entre los
meses de enero a diciembre de 2012, no eran compatibles el MAC creado con el
Decreto 430 del 2004 y el Ace 59.
Conclusión: En
atención a las anteriores consideraciones, la Sala considera que el recurso de
apelación presentado por la parte demandante no tiene vocación de prosperidad,
debido a que en efecto, no había lugar a que la DIAN profiriera liquidación
oficial de corrección a efectos de devolución del arancel pagado en exceso,
entendido que el MAC y el ACE 59 no son incompatibles y, mucho menos, este
último derogó al otro, sino que coexisten y deben aplicarse de manera armónica,
por lo que, la tarifa arancelaria aplicable al caso concreto correspondería al
arancel extra cuota determinado para la época de la aceptación de las
importaciones.
Decisión: Confirmar la sentencia
proferida en audiencia inicial celebrada el 27 de junio de 2024 proferida por
el Juzgado Sexto Administrativo del Circuito de Santa Marta, por medio de la
cual se negaron las pretensiones de la demanda, de conformidad con lo expuesto
en la parte considerativa del presente proveído.
Glosario jurídico:
Preferencia
Arancelaria: Beneficio o reducción de
impuestos de importación otorgado a productos originarios de países con los que
Colombia tiene acuerdos comerciales (como el MERCOSUR).
Liquidación
Oficial de Corrección: Acto
administrativo de la DIAN que modifica la declaración de importación presentada
por el particular, generalmente para cobrar mayores tributos o negar
beneficios.
Subpartida
Arancelaria: Código numérico que clasifica internacionalmente las
mercancías para determinar los impuestos que deben pagar.
Datos de la sentencia:
Desde
Santa Marta, fortaleciendo el conocimiento jurídico Equipo Despacho 01 Tribunal
Administrativo del Magdalena.