Problema
Jurídico: Determinar
si la bonificación judicial creada a través del Decreto 382 de 2013 es
constitutiva de factor salarial, y en ese sentido, si debe incluirse tal
concepto en la liquidación de las prestaciones sociales que perciba el servidor
judicial.
Conclusión: Se confirmará la sentencia
apelada porque no logró desvirtuar la tesis expuesta por el juzgador de primera
instancia, esto es, el carácter de factor salarial que ostenta la bonificación
judicial. Paralelo a ello, la contradicción entre lo señalado en la Constitución
Política y la ley – en especial la Ley 4 de 1992 – con el Decreto 382 de 2013
era evidente, de tal forma que era ajustada a derecho la inaplicación de
algunas de sus expresiones.
Decisión:
Confirmar la
sentencia del 26 de noviembre de 2024 proferida por el Juzgado 404
Administrativo Transitorio del Circuito Judicial de Valledupar, por medio de la
cual se accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda, por los motivos
expuestos en esta providencia.
Glosario
Jurídico:
Prescripción:
Extinción del
derecho a reclamar determinadas acreencias por el transcurso del tiempo.
Datos
de la sentencia
Desde
Santa Marta, fortaleciendo el conocimiento jurídico
Equipo
Despacho 01
Tribunal
Administrativo del Magdalena