Escribe aquí...Problema jurídico: Este cuerpo colegiado en el presente caso debe determinar si la parte demandante tiene derecho a la sanción moratoria consagrada en las Leyes 244 de 1995 y 1071 de 2006, por el presunto retraso en el reconocimiento y pago de sus cesantías parciales. Para ello, es necesario determinar si la fecha de radicación de la solicitud fue correctamente establecida por el juzgado de primera instancia y si efectivamente se configuró mora en el pago de la prestación.
En caso
de comprobarse la mora, también se debe establecer si la responsabilidad del
pago de la sanción moratoria recae sobre la Nación - Ministerio de Educación - Fondo
Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio o sobre el ente territorial.
Conclusión Por
todas las razones expuestas, se modificará en numeral tercero de la sentencia
proferida por el Juzgado Doce Administrativo del Circuito de Santa Marta que
resolvió acceder parcialmente a las pretensiones de la demanda y condenó al
Fomag, teniendo en cuenta que la fecha de radicación de la solicitud de las
cesantías correspondió al 5 de junio de 2022, y no el 14 de junio como indicó
el juez de primera instancia, teniendo para el pago de las prestación el hasta
el 16 de septiembre de 2022 , y la misma fue puesta a disposición de la docente
el 21 de octubre de 2022, es decir, por fuera del término legal para ello,
generándose un periodo de mora de 34 días.
Además de
ello, se concluyó que al existir constancia del trámite interno impartido a la
petición de cesantía presentada por la actora entre la entidad territorial y el
Fomag, se determinó que el pago de la sanción moratoria se encuentra a cargo
del ente territorial, en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.4.4.2.3.2.28.
del Decreto 942 de 2022, por haberse expedido el acto administrativo de
reconocimiento por fuera del término para ello.
Decisión: Modificar el numeral
tercero de la sentencia del 20 de febrero de 2025, proferida por el Juzgado
Doce Administrativo del Circuito de Santa Marta, por medio de la cual se
accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda.
Glosario jurídico:
Humano en Línea: Sistema de información y gestión del talento humano
donde se reportan las novedades de los docentes; sus registros son prueba del
momento real de radicación de solicitudes.
Sanción
Moratoria: Indemnización tarifada (un día de salario por cada
día de retraso) por el pago fuera de los 70 días hábiles que otorga la ley.
Mora Imputable
al Ente Territorial: Situación donde
la demora no es del FOMAG, sino del Departamento por no tramitar o subir
oportunamente la solicitud al sistema.
Datos de la
sentencia:
Desde
Santa Marta, fortaleciendo el conocimiento jurídico Equipo Despacho 01 Tribunal
Administrativo del Magdalena.