Sanción moratoria docente: no hay mora cuando el pago se efectúa dentro de los 70 días. Tribunal confirma negativa a favor del FOMAG y Distrito de Santa Marta

2026-02-25T05:00:00.000Z

Problema Jurídico: establecer si el demandante tiene derecho al reconocimiento y pago de la sanción moratoria consagrada en la Leyes 244 de 1995 y 1071 de 2006, por el pago tardío del auxilio de cesantías parciales en su condición de docente estatal afiliado al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio.

Conclusión: Confirmar la sentencia proferida por el Juzgado Undécimo Administrativo del Circuito de Santa Marta que resolvió negar las pretensiones de la demanda, como quiera que, en el caso bajo estudio no se causó mora en el reconocimiento y pago de las cesantías parciales solicitadas por el demandante para la reparación de su vivienda.

Decisión: Confirmar la sentencia del 4 de marzo de 2024, proferida por el Juzgado Undécimo Administrativo del Circuito de Santa Marta, por medio de la cual se negó las pretensiones de la demanda, conforme con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia

Glosario Jurídico:

·     Sanción moratoria: Consecuencia económica impuesta a la administración por el pago tardío de las cesantías, equivalente a un día de salario por cada día de retraso (Leyes 244/1995 y 1071/2006). Solo surge cuando se excede el plazo legal de 70 días hábiles.

  • Acto ficto negativo: Figura jurídica que se configura cuando la entidad guarda silencio frente a una petición dentro del término legal, entendiendo la ley que la solicitud fue negada. En este caso, se alegó frente a la solicitud de sanción moratoria de 2022.
  • Cesantías parciales: Modalidad de retiro anticipado del auxilio de cesantías, en este caso para reparación de vivienda, cuyo trámite debe cumplir etapas y términos para su reconocimiento y pago.

Datos de la sentencia

Tribunal Administrativo del Magdalena – Despacho 01

Sentencia de segunda instancia

Magistrada Ponente: María Victoria Quiñones Triana

Fecha: (17) de septiembre de dos mil veinticinco (2025)

Radicación: 47001333301120230001001

Medio de control: Nulidad y restablecimiento del derecho Ley 2080/2021

Asunto: Sanción moratoria por pago tardío de cesantías. Se confirma la sentencia que negó las pretensiones, puesto que, no se causó mora en el reconocimiento y pago de las cesantías parciales solicitadas por el demandante

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Equipo Despacho 01

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