Problema jurídico: Este
cuerpo colegiado en el presente caso debe establecer a qué entidad le
corresponde asumir el pago de la sanción moratoria, esto es, si al Fomag o a la
entidad territorial de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley
1955 de 2019, teniendo en cuenta que tanto la petición de cesantías como el
acto que ordena su reconocimiento y pago se expidió en vigencia de la referida
normativa.
Conclusión: Por
todas las razones expuestas, se confirmará la sentencia proferida por el
Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Santa Marta que resolvió acceder
parcialmente a las pretensiones de la demanda y condenó a la Nación, Ministerio
de Educación Nacional, Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio.
Lo
anterior, por cuanto la entidad demandada no acreditó en la oportunidad
procesal correspondiente que la fecha de pago de la cesantía fuera distinta a
la que tuvo por probada el juez de primera instancia. Además, al no haber
constancia del trámite interno o el cruce de información impartido a la
petición de cesantía presentada por la actora entre la entidad territorial y el
Fomag, se determinó que el pago de la sanción moratoria se encuentra a cargo
del Fomag, sin perjuicio de las acciones legales que pueda adelantar en contra
de la entidad territorial por el incumplimiento de los términos instituidos en
la Ley 1071 de 2006.
Decisión: Confirmar la sentencia
anticipada de fecha 5 de septiembre de 2024, proferida por el Juzgado Cuarto
Administrativo del Circuito de Santa Marta, por medio de la cual se accedió
parcialmente a las pretensiones de la demanda, conforme con los motivos
expuestos en esta providencia.
Glosario jurídico:
Sanción moratoria: Indemnización por el pago tardío de cesantías, equivalente a un día de
salario por cada día de retraso.
Fomag: Fondo Nacional
de Prestaciones Sociales del Magisterio, encargado de reconocer y pagar
prestaciones sociales a docentes oficiales.
Legitimación en la causa por pasiva: Aptitud jurídica de la entidad demandada para responder por la
obligación discutida.
Nulidad y restablecimiento del
derecho: Medio de control para anular un acto particular y
obtener la reparación económica correspondiente.
Datos de la sentencia:
Desde
Santa Marta, fortaleciendo el conocimiento jurídico Equipo Despacho 01 Tribunal
Administrativo del Magdalena.