SEGUNDA INSTANCIA RATIFICA NEGATIVA DE BONIFICACIÓN JUDICIAL Y DEFINE IMPEDIMENTOS EN PROCESO CONTRA LA FISCALÍA

2026-02-24T05:00:00.000Z

Problema jurídico:  Para el Tribunal el problema jurídico se contrae a determinar si la bonificación judicial creada a través del Decreto 382 de 2013 es constitutiva de factor salarial, y en ese sentido, si debe incluirse tal concepto en la liquidación de las prestaciones sociales que perciba el servidor judicial.

Conclusión: Se confirmará la sentencia apelada porque no logró desvirtuar la tesis expuesta por el juzgador de primera instancia, esto es, el carácter de factor salarial que ostenta la bonificación judicial. Paralelo a ello, la contradicción entre lo señalado en la Constitución Política y la ley – en especial la Ley 4 de 1992 – con el Decreto 382 de 2013 era evidente, de tal forma que era ajustada a derecho la inaplicación de algunas de sus expresiones.

Decisión: Se confirma la sentencia del 31 de julio de 2024 proferida por el Juzgado 404 Administrativo Transitorio del Circuito Judicial de Valledupar, por medio de la cual se accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda, por los motivos expuestos en esta providencia.

Glosario:

Bloque de legalidad salarial
Conjunto de normas (constitucionales, legales y reglamentarias) que regulan de manera estricta la fijación de salarios en el sector público.

Expectativa legítima
Posibilidad fundada de acceder a un derecho en el futuro, que no equivale a un derecho consolidado.

Excepción de falta de legitimación en la causa
Defensa procesal mediante la cual se alega que la parte demandante o demandada no es titular de la relación jurídica sustancial debatida.

Improcedencia del reconocimiento automático
Principio según el cual ningún emolumento salarial puede otorgarse sin norma expresa que lo autorice.

Inescindibilidad del régimen salarial
Regla según la cual no es posible aplicar parcialmente normas de distintos regímenes para obtener mayores beneficios económicos.

Datos de la sentencia

Sentencia de segunda instancia

Magistrada Ponente: María Victoria Quiñones Triana

Fecha: dieciocho (18) de junio de dos mil veinticinco (2025)

Radicación: 47001333300520180010101

Medio de control: Nulidad y Restablecimiento del derecho

Asunto: Bonificación judicial / Decreto 382 de 2013 / servidor judicial FGN

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Equipo Despacho 01

Tribunal Administrativo del Magdalena

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