Tema: diferencias entre las medidas de restablecimiento en desarrollo del proceso penal – Ley 600/00 – y las medidas cautelares de la jurisdicción contenciosa administrativa – Ley 1437/11 –
2018-04-01T00:00:00.000Z
En pronunciamiento de 22 de marzo de 2018 la Subsección B de la Sección Segunda del Consejo de Estado se refirió a las diferencias que existen entre las medidas de restablecimiento adoptadas en desarrollo del proceso penal escritural regulado en la Ley 600 de 2000 y las medidas cautelares que pueden decretarse en la jurisdicción contenciosa administrativa con ocasión a la Ley 1437 de 2011.
Advierte la Corporación a partir de las distinciones que extrae entre ambas figuras jurídico-procesales desde el punto de vista de su concepción, finalidad y requisitos de procedencia, que no es motivo de imposibilidad o improcedencia decretar medida cautelar de suspensión provisional en proceso contencioso administrativo donde se discuta la legalidad de un acto administrativo que a su vez fue objeto de medida de restablecimiento en la jurisdicción penal en aplicación de la Ley 600 de 2000 que implicó la suspensión de sus efectos.
Expediente: 130012333000201500667 01 (2512-2017). C.P.: Sandra Lisset Ibarra Vélez.(Nota de relatoría tomada de Ámbito Jurídico y difundida por el Despacho de la magistrada María Victoria Quiñones Triana y su equipo de trabajo del Tribunal Administrativo del Magdalena: Desde Santa Marta fortaleciendo el conocimiento jurídico)